Son muchas las situaciones en las que la empresa o el trabajador, dependiendo de la acción, deben cumplir con un preaviso. Esto se produce por dos motivos: por un lado, para no mermar los derechos de los trabajadores y, por otro, para dar tiempo a la empresa a reorganizarse en caso de que fuera necesario. A continuación se explica los casos principales en los que, por ley, se exige cumplir con un preaviso. De lo contrario, podría haber consecuencias.
Casos donde los trabajadores deben cumplir un preaviso
Estas son las situaciones en la que los trabajadores deben cumplir con un preaviso respecto a la empresa.
- Permiso parental de 8 semanas para el cuidado de un hijo o menor acogido, hasta que cumpla 8 años: se tiene que pedir con un preaviso de 10 días en el caso de las empresas y de 15 días si se trabaja en una administración pública.
- El Estatuto de los Trabajadores también recoge que hay que avisar antes de cogerse el resto de permisos contemplados en el artículo 37, como el de mudanza, aunque no específica el número de días que hay que cumplir. Por lo general, se recomienda 15 días.
- Baja voluntaria: se debe preavisar con el plazo indicado en el convenio colectivo, o en su defecto, la costumbre del lugar. Normalmente, es de 15 días, y si el empleado no cumple con esto, le pueden descontar de su finiquito tantos días como le hayan faltado para cumplir con el preaviso.
- En caso de que, aunque la empresa tenga intención de hacerlo, no se quiera renovar el contrato temporal.
Casos donde la empresa debe cumplir un preaviso
Estas son las situaciones en la que es la empresa quien debe cumplir con un preaviso respecto al trabajador e, incluso, otros organismos.
- A la hora de notificar las vacaciones: todos los trabajadores deben conocer sus vacaciones con al menos dos meses de antelación. No nos las pueden dar de un día para otro.
- Despido objetivo: la empresa debe notificarlo con al menos 15 días de antelación desde que se comunica hasta que se extingue la relación laboral. Si se incumple, el trabajador podría recurrir el despido y ser declarado improcedente por incumplir este requisito formal.
- Despido colectivo: igual que en el objetivo, deben avisar a los trabajadores con al menos 15 días, después de que hayan llegado a un acuerdo con la autoridad laboral y los sindicatos. Además, con el Real Decreto 608/2023, las empresas que ejecutan un despido de 50 o más empleados tendrán que notificarlo con una antelación de seis meses a la autoridad laboral y los sindicatos.
- En el caso de los empleados a tiempo parcial, estos deberán conocer el día y la hora de realización de las horas complementarias pactadas con un preaviso mínimo de tres días, salvo que el convenio establezca un plazo inferior.
- Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo: estas modificaciones, entre las que se encuentran los cambios en la jornada de trabajo o en el horario y distribución del tiempo de trabajo, se deben notificar al trabajador con al menos 15 días, como explican desde el Ministerio de Trabajo.
- Jornada irregular de la jornada de trabajo: mediante convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se puede establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Esta distribución tiene que respetar los descansos mínimos diarios y semanales recogidos en la ley y deberá ser conocida por el trabajador con al menos 5 días. Por esto, no pueden cambiarte el horario de un día para otro, sería ilegal.
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