Cuando finaliza una relación laboral, los trabajadores tienen derecho a cobrar el finiquito o la indemnización por despido, aunque son conceptos diferentes. Mientras que el finiquito se cobra siempre que queden cantidades pendientes de percibir, sin importar los motivos por los que se haya extinguido el contrato de trabajo (incluso si es por causas disciplinarias o por voluntad propia), la indemnización solo se percibe en caso de despido objetivo, improcedente, colectivo, por extinción del contrato temporal o por dimisión producida por modificación sustancial de las condiciones de trabajo o incumplimientos del empleador.
Partiendo de esta base, lo que muchos trabajados desconocen es que la empresa podría llegar a descontarnos dinero del finiquito o, incluso, que este pudiera equivaler a cero euros o a valores negativos, aunque realmente sea poco común. ¿Cómo es posible? Lo primero que hay que saber es que el finiquito se compone de los conceptos pendientes de abonar entre empresa y trabajador, como son los siguientes:
- Salario de los días últimos días trabajados en el mes que se produce el despido.
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias.
- Días de vacaciones generados pero no disfrutados.
- Horas extras trabajadas pero no cobradas.
- Posibles pluses o incentivos.
Ahora bien, hay determinadas situaciones por las que el trabajador le puede deber dinero a la empresa o esta pueda descontarle parte del finiquito.
Motivos por los que pueden descontar dinero del finiquito
El primer motivo por el que nos pueden descontar dinero del finiquito es por haber dejado el trabajado sin cumplir con el preaviso establecido. En este caso, puedes descontarnos tantos días de salario como días de preaviso hayamos incumplido, aunque algunos convenios colectivos podrían restar hasta 2 días de salario por ausencia.
Otra razón es cuando el empleado, antes de ser despedido o decidir irse, disfrutó de más días de vacaciones de las que había generado. Son muchas las empresas las que permiten cogerse unos días más libres aunque todavía no correspondan por lo que, de ser el caso, podrían afectar negativamente en el finiquito. O, también, cuando se ha pedido un anticipo de sueldo por días que no se habían trabajado y la empresa decidió otorgarlo.
Todas estas situaciones podrían provocar que no cobrásemos nada del finiquito, porque no queden conceptos pendientes de recibir, o incluso que fuera negativo y hubiera que pagar a la empresa, aunque este último caso es realmente inusual. En último lugar, es importante conocer que si no estamos de acuerdo con el finiquito, tanto si sale positivo como negativo, se tiene un año para poder reclamar. En este sentido, aunque no sea obligatorio, lo más recomendable es firmarlo poniendo “no confirme”.
El primer paso para reclamar es presentando una papeleta de conciliación al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación que nos corresponda. Si en el acto de conciliación no se llega a un acuerdo, ya habría que interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social.
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