Le despiden sin indemnización por darse de baja de nuevo tras amenazar con ello a la empresa: es procedente

El trabajador amenazó con iniciar una nueva baja médica porque “estaba hasta los huevos del trabajo”. Para la justicia, supone un quebranto de la buena fe contractual.

Dos camareros trabajando, durante su jornada |Europa Press
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En los últimos años, el aumento de las bajas laborales en España se ha convertido en una de las principales preocupaciones para los empresarios, quienes denuncian reiteradamente las consecuencias que están teniendo para su actividad, tanto a nivel organizativo como presupuestario. En este contexto, el abogado Omar Molina García ha recordado a través de LinkedIn que anunciar y posteriormente utilizar de forma fraudulenta una baja médica puede ser causa de despido disciplinario, como refleja la sentencia 1397/2006 del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

El empleado en cuestión llevaba trabajando como camarero para la empresa desde julio de 2001 y fue despedido por motivos disciplinarios en diciembre de 2005. Para ello, el bar se basó principalmente en tres infracciones. Por un lado, se quedó el paquete de tabaco que se olvidó un cliente. Además, acudía habitualmente al trabajo bajo los efectos del alcohol, lo cual le obligó a abandonar su puesto el 26 de septiembre por sentirse indispuesto, comenzando su jornada laboral bebiendo chupitos de whisky.

Por otro lado, siendo el motivo relevante del caso, la empresa alegó fraude y deslealtad por haber anunciado en septiembre que se cogería unas vacaciones o una baja laboral inminente, algo que de hecho hizo a los dos días. En concreto, se probó que el trabajador manifestó a la dependienta de un establecimiento cercano que “estaba hasta los huevos del trabajo y que se iba a coger otra baja”.

Sobre esto, el empleado había estado de baja médica por contingencias comunes desde el 21 de julio hasta el 1 de agosto, por vértigos. Fue el día 27 de septiembre cuando inició una nueva baja hasta el 10 de octubre, cuando se le dio de alta por “mejoría trabajo habitual”. También cabe destacar que, aunque en el bar permitían en el pasado a los empleados tomar alguna copa durante su turno, lo habían prohibido expresamente desde el 1 de enero de 2005, una regla que el empleado había incumplido de forma regular.

El trabajador impugna su despido, pero es procedente

El trabajador decidió impugnar el despido, pero el Juzgado de lo Social nº1 de Eivissa lo declaró procedente. No conforme con esta sentencia, presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares. En este, alegó que nunca antes había sido amonestado o sancionado por consumir alcohol, y solicitó suprimir tanto la mención a su estado “alegre” habitual como las declaraciones realizadas a la dependienta.

También argumentó que la identidad de la testigo no constaba en la carta de despido, considerando que su testimonio en el juicio fue sorpresivo. Además de estas cuestiones, denunció infracciones legales y apeló a la teoría gradualista, sosteniendo que los hechos carecían del rigor y la precisión necesarios, y que no eran lo suficientemente graves para justificar la máxima sanción de despido.

Primero, el TSJ de Baleares rechazó las modificaciones del relato fáctico, explicando que la carta de despido no requiere una descripción tan minuciosa como para tener que identificar por adelantado a los testigos o el lugar exacto donde se produjeron los comentarios; basta con incluir los hechos sustanciales que motivan la decisión y la fecha de efectos, requisito legal que la empresa sí cumplió.

Sobre la gravedad de las infracciones para justificar, el tribunal determinó que la última de las conductas, haber anunciado y posteriormente utilizar de forma fraudulenta una baja médica, revestía por sí sola “con claridad la gravedad suficiente para imponer fundadamente la sanción de despido”. El TSJ consideró que el trabajador cometió un “grave quebranto de la buena fe contractual” (artículo 54.2 d) del Estatuto de los Trabajadores), por usar de forma fraudulenta los medios del sistema público de salud para obtener una baja laboral con la única finalidad de perjudicar a la empresa y dejar de ir a trabajar, habiéndolo anunciado previamente.

Además, el tribunal subrayó que esta actitud constituyó un grave incumplimiento exacerbado por el hecho de producirse justo el día después de que el trabajador tuviera que abandonar su puesto por abusar del alcohol. En consecuencia, desestimaron su recurso y confirmaron que el despido disciplinario era procedente.

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