¿El desplazamiento al centro de trabajo puede considerarse parte de la jornada laboral? Para el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sí. Al menos, así lo ha determinado en el caso particular de una trabajadora con contrato de jornada reducida, cuya empresa cambió la ubicación de su centro de trabajo, obstaculizando su conciliación laboral-familiar.
Aunque en principio, si se atiende a la jurisprudencia sentada por anteriores sentencias, el tiempo que se tarda en personarse en el lugar de realización de la jornada de trabajo no se computa como tiempo perteneciente dentro de la jornada laboral, se ha demostrado, como en este caso, que en las jornadas reducidas sí que existe una puerta abierta para ello.
Multa por daños morales
La empleada en cuestión, tras el cambio de sitio de trabajo, debía invertir 80 minutos (una hora y 20 minutos) en ir a recoger a su hija al colegio, desplazándose desde su nuevo puesto. Anteriormente, tardaba 35, con lo que debido a esa diferencia de 45 minutos con el cambio de oficina no podía cuidar adecuadamente de ella. Por ello, había solicitado precisamente esa jornada reducida, interpretando que le era imposible conciliar por un motivo ajeno a ella.
Así, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid no solo falló a favor de la trabajadora en relación a que obligó a la empresa a contabilizar esa hora y veinte minutos, por partida doble, si se tienen en cuenta el desplazamiento de ida y el de vuelta, como tiempo efectivo de trabajo, si no que debe también indemnizarla con una cantidad de 1.000 euros en concepto de daños morales.
Amenaza de colapso: prosigue la huelga de los letrados judiciales
El parón indefinido que llevan a cabo desde hace cinco semanas los letrados de la Justicia española como protesta para reclamar una mejora salarial ha cancelado ya más de 180.000 juicios, según apunta ‘El Confidencial’.
Entre las pocas sentencias de temáticas de casos cuyos servicios se están garantizando se encuentran el pago de alimentos a menores y las celebraciones de bodas en los Registros Civiles. Reclaman que hasta no conseguir cobrar nunca menos del 85% que jueces y fiscales (si se tiene la misma antigüedad), no volverá a existir una actividad normal, afectando al Tribunal Supremo y causando un bloqueo general.
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