El Tribunal Supremo obliga a Burger King a devolver a sus empleados un beneficio que la empresa eliminó tras el nuevo convenio: recuperan el día de asuntos propios

El Alto Tribunal confirma que este derecho estuvo vigente durante años con el convenio provincial y ahora no puede ser eliminado.

Un cartel de burger king |David Zorrakino / Europa Press
Fecha de actualización:

El Tribunal Supremo ha dado la razón a los trabajadores de Burger King en Alicante y obliga a la empresa a devolverles el derecho a un día de permiso retribuido para asuntos propios, un beneficio en sus condiciones laborales que la compañía había dejado de aplicar tras la entrada en vigor de un nuevo convenio colectivo en detrimento del convenio provincial al que se acogían anteriormente y que sí tenía incluido este derecho..

Tal y como detalla la sentencia de 18 de febrero de 2026 (que se puede consultar en este enlace del Poder Judicial), el conflicto laboral surge cuando la empresa decide dejar de reconocer el día de asuntos propios a sus empleados tras aplicar el convenio sectorial estatal de restauración moderna, pese a que los empleados llevaban años disfrutándolo sin inconvenientes. Este fallo llega justo en un momento en el que esta empresa, junto a otras del sector de la restauración como McDonald's o VIPS, se encuentran intentando negociar un nuevo convenio colectivo para sus trabajadores que mejore sus condiciones.

La decisión de la empresa acabó en los tribunales después de que el sindicato UGT interpusiera una demanda de conflicto colectivo, solicitando que se reconociera el derecho de los trabajadores con antigüedad anterior a 2013 a seguir disfrutando de ese día de asuntos propios “retribuido y no recuperable”.

El Tribunal Supremo rechazó el recurso de Burger King

El Alto Tribunal rechaza el recurso de Burger King y confirma íntegramente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que pedía el restablecimiento del derecho a tener un día de asuntos propios.

Sin duda, uno de los puntos clave de la sentencia es que este derecho no desaparece automáticamente por un cambio de convenio. De hecho, el Supremo es claro al señalar que el permiso se mantuvo durante años incluso cuando los nuevos convenios ya no lo recogían.

Así, la Sala concluye que “el mantenimiento ininterrumpido del derecho a un día de permiso retribuido para asuntos propios durante más de nueve años (…) hizo surgir una condición más beneficiosa”.

Además, insiste en que este tipo de beneficios no pueden eliminarse de forma unilateral: “una condición más beneficiosa no puede suprimirse, sin más, por la mera voluntad y decisión empresarial”, sino que debe acudirse al procedimiento del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

Otro aspecto relevante es que la empresa tampoco notificó correctamente la retirada de este derecho. La sentencia destaca que “la decisión empresarial de dejar de reconocer el día de permiso (…) no se notificó por escrito”, lo que impide incluso que empiece a contar el plazo de caducidad para impugnarla.

El convenio que eliminó el derecho al día de asuntos propios

Todo vino precedido de un cambio en el convenio colectivo al que se acogían los trabajadores de Burger King en Alicante, ya que al principio los trabajadores estaban bajo el convenio de hostelería de esta provincia, que sí reconocía este permiso, pero el convenio cambió y ya no podían disfrutar de los mismos derechos, en teoría.

Entró en vigor el convenio de empresa de Quick Meals Ibérica en 2013, publicado en el BOE, en el cual no aparecía el derecho a tener un día de permiso.

Es más, el nuevo convenio establecía que “las condiciones que aquí se pactan sustituyen en su totalidad a las que hasta la firma del mismo regían (…) salvo que expresamente se diga lo contrario”, lo que permitía a la empresa dejar de aplicar mejoras anteriores si no estaban garantizadas individualmente.

Además, el propio convenio solo reconoce para asuntos propios permisos no retribuidos, al indicar que “el trabajador dispondrá de dos días de licencia no retribuida al año para asuntos propios”, lo que evidencia la pérdida del beneficio que antes sí era pagado.

Posteriormente, la situación se consolidó con el convenio sectorial estatal de marcas de restauración moderna en 2022, que tampoco incluía este permiso, lo que llevó a Burger King a dejar definitivamente de concederlo.

Un derecho consolidado que la empresa no podía retirar

A pesar de ese cambio normativo, el Tribunal Supremo considera que lo determinante no es lo que diga el convenio, sino la práctica real de la empresa durante años.

En este sentido, la sentencia subraya que los trabajadores siguieron disfrutando del permiso “pacíficamente durante más de nueve años”, lo que demuestra una voluntad empresarial clara de reconocerlo como parte de sus condiciones laborales.

Por eso, concluye que no basta con dejar de aplicarlo por decisión interna o por un cambio de convenio. Para eliminarlo, la empresa debía haber seguido el procedimiento legal correspondiente, algo que no hizo.

Con esta decisión, el Supremo zanja el conflicto y obliga a Burger King a restituir este derecho a los trabajadores afectados, consolidando así el principio de que los beneficios laborales mantenidos en el tiempo no pueden desaparecer sin garantías.

Otras noticias interesantes

Lo más leído

Últimas noticias