Muchos trabajadores piensan y escuchan que “no te pueden despedir estando de baja”, la realidad es que aunque es así, como toda norma hay excepciones. Estar en situación baja médica es un derecho que suspende el contrato de trabajo, pero no es un escudo total contra la extinción de la relación laboral. Ahora, ¿puede la empresa despedirte durante tu Incapacidad Temporal? La respuesta es, que sí, pero debe estar condicionado y en el caso de que no sea así, el despido como ser considerado como nulo.
Según el artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores (que se puede consultar en este BOE), la baja médica es una causa de suspensión del contrato. Esto significa que la relación laboral continúa, pero las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo se pausan. La confusión nace de una reforma del año 2020, que derogó el antiguo artículo 52.d) del Estatuto. Antes de esa fecha, sí se podía despedir a un trabajador por acumular “faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas”.
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Desde esa derogación, la baja médica en sí misma no puede ser jamás la causa del despido. No importa la duración de la baja. El Estatuto es claro y dice que el despido solo es legal si existen causas demostrables y completamente ajenas a la propia enfermedad.
Motivos para despedirte estando de baja
Ahora, la pregunta es, ¿cuáles son los motivos justifican un despido mientras el trabajador está de baja? En este caso, la Ley es clara y como hemos dicho, la baja suspende el contrato, pero no lo extingue. Ahora, la empresa si que puede despedir cuando sean por causas ajenas a la enfermedad, como por ejemplo:
- Un despido disciplinario, en el que la empresa acredita un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Por ejemplo, si el empleado realiza actividades que demuestran que la baja es fraudulenta o que perjudican su recuperación.
- Un despido por causas objetivas, en las que la empresa puede alegar razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Un trabajador de baja puede ser incluido en un despido colectivo o en una amortización de puestos, siempre que la causa sea real y acreditable, como ocurrió en un caso en el que se despidió a 9 trabajadores por “bajada de producción”, estando uno de ellos de baja.
- Fin de un contrato temporal, es decir, si la baja coincide con la fecha de finalización de un contrato temporal, este simplemente se extingue por llegar a su término.
¿Qué pasa si la empresa despide por estar de baja?
Aquí es donde la confusión es mayor para los trabajadores, pero una vez más debemos acudir a lo que dice la ley. Desde que se derogó el antiguo artículo que permitía el despido por absentismo (incluso justificado), despedir a alguien porque está enfermo es ilegal. Si la empresa lo hace sin una causa real que lo justifique, o si se descubre que el motivo alegado (económico o disciplinario) es solo una excusa para ocultar que la verdadera razón es la baja, el trabajador debe reclamar.
En este escenario, el despido no será simplemente improcedente, pues la Ley 15/2022, para la igualdad de trato, prohíbe explícitamente la discriminación por “enfermedad o condición de salud”. Por tanto, un despido motivado por la enfermedad del trabajador es un acto discriminatorio y, según el artículo 26 de dicha ley, será nulo de pleno derecho. En otras palabras, que la empresa deberá reincorporar al trabajador y abonarle todos los salarios no percibidos.
¿Cómo debe actuar el trabajador?
En caso de que el trabajador reciba una carta de despido durante su baja y sospeche que la causa no es real, debe impugnarla. Para ello, dispone de un plazo de caducidad de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido.
El primer paso es presentar una papeleta de conciliación ante el órgano de mediación de su comunidad. Si no hay acuerdo con la empresa en ese acto, el siguiente paso es presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. Será en el juicio donde la empresa tendrá que demostrar que el despido se debió a causas objetivas o disciplinarias reales , y no a un propósito discriminatorio basado en la enfermedad.