Soy abogado y te explico qué es lo que te puede ocurrir si a tu casero se le olvida actualizar el precio del alquiler

Es posible que al casero o propietario de la vivienda se le haya ‘olvidado incrementar’ al inquilino la renta del alquiler mediante el IPC. Pero, ¿bajo qué norma y cómo puede hacerlo? Así lo explica un abogado.

Soy abogado y te explico qué es lo que te puede ocurrir si a tu casero se le olvida actualizar el precio del alquiler |Pixabay -Alberto Sánchez/@legalmente.rrss
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Entre las obligaciones que tiene el casero en una vivienda alquilada se encuentra, entre otras, la de respetar la duración del contrato del alquiler, así como sus posibles prórrogas y, llegado el caso, actualizar su precio según el IPC. Sin embargo, es posible que esto último se le ‘olvide’ al propietario o que, directamente, elija hacerlo más tarde de lo normal. Si esto ocurre, como explica el abogado Alberto Sánchez, sí que tendría consecuencias importantes para los inquilinos: el arrendatario deberá asumir que el casero puede subir el precio alquiler de una sola atacada de años anteriores.

Dado que el índice del IPC no ha parado de subir, y todo apunta a que la tendencia se mantendrá al alza, muchos inquilinos han intentado negociar con los propietarios otras opciones, como ‘congelar’ momentáneamente el precio de la renta, o negociar con el casero hacer una reforma a cambio del alquiler, entre otras.

Posibilidad de aplicar de una sola vez todas las subidas acumuladas

Es aquí donde el experto, el abogado especialista en temas de vivienda o alquiler (@legalmente.rrss en TikTok), ha explicado en uno de sus últimos vídeos cómo debe ser el proceso de aviso de una actualización en el precio del alquiler por parte del casero y las distintas formas en las que puede proceder.

O lo que es lo mismo; ¿Qué es lo que ocurre si mi casero se olvida de subirme el alquiler uno o varios años? ¿Es legal si me lo sube de golpe? Estas son preguntas que los inquilinos se han hecho alguna vez y también los arrendadores cuando no han aplicado o se han 'olvidado' de hacer efectivo el aumento anual de la renta.

"Si el propietario se olvida de actualizarte el alquiler durante varios años, hasta cinco, te los puede actualizar todos de golpe", indica el experto, quien especifica que para que esto suceda "evidentemente tiene que venir prevista esta subida en el contrato de alquiler", ya que de lo contrario "no te lo podría subir".

El casero debe notificar al inquilino por escrito la intención de subir el alquiler

Entre las condiciones que se dan para que eso ocurra, “el propietario debe notificar al inquilino por escrito sobre la intención de subir el alquiler", dice Sánchez. Esta notificación debe señalar claramente el índice que se empleará para calcular la actualización, ya sea el IPC (Índice de Precios de Consumo) o el IRAP (Índice de Referencia de Alquileres). Por ejemplo, si se aplica un 2 % o un 1.5 %, debe especificarlo.

La notificación por escrito es un paso esencial en este proceso. A través de ella, el propietario establece un precedente formal y evita posibles conflictos futuros. Según Alberto Sánchez, el arrendador “no podría exigir al inquilino el pago de la diferencia correspondiente a los años anteriores en los que no se aplicó la subida”, incluso si dicha cantidad puede calcularse fácilmente mediante fórmulas matemáticas.

El propietario realizará un cálculo sobre la renta base que el inquilino estaba pagando

Será solo entonces cuando el casero podrá realizar “un cálculo sobre la renta base que el inquilino está pagando”. Este cálculo se traduce en la nueva cantidad que el inquilino deberá abonar a partir del mes siguiente a la recepción de la notificación.

Además, el abogado especialista avisa de que no se permite a los propietarios recuperar las cantidades atrasadas. La subida solo tendría validez a partir de la comunicación por parte del casero, que no tiene derecho a repercutirle esas cantidades no cobradas. Al respecto, según se explica, este nuevo precio no tiene carácter retroactivo. O lo que es lo mismo; los incrementos no podrán aplicarse a los meses ya transcurridos desde la fecha en que tuvo que haberse realizado la subida.

No tiene carácter retroactivo

Con todo, y como dicta la norma, esta posible subida del precio del alquiler está sujeta a Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), en su artículo 18. Esta es la encargada de regular todo lo relativo a los alquileres en España, y, por lo tanto, la que determina cómo y cuándo se puede incrementar o disminuir el precio del arrendamiento de un inmueble.

A pesar de que la LAU no especifica qué índice debe utilizarse en cada caso a la hora de actualizar una renta, sí que contempla que si en el contrato de alquiler no se acuerda ninguno, se usará, por defecto, el Índice de Garantía de la Competitividad (IGC). Sin embargo, el más utilizado es el Índice de Precios al Consumo (IPC), aunque es necesario que su uso se haya pactado previamente entre las partes firmantes del contrato de alquiler.

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