Si el inquilino no me paga ¿tienen validez los WhatsApp que le envíe reclamando el pago?

Cuando el inquilino no paga el alquiler las notificaciones por WhatsApp pueden ser útiles si actúa de buena fe, pero no tendrán validez legal.

Si el inquilino no me paga ¿tienen validez los WhatsApp que le envíe reclamando el pago? Canva
Lucía Rodríguez Ayala

Uno de los mayores miedos que tienen los caseros de las viviendas alquiladas es que sus inquilinos no les paguen la renta correspondiente al alquiler, y es que el impago, es una de las leyes que más se saltan los inquilinos. En estos casos, lo primero que debe hacer el propietario de la casa es notificar al arrendatario las cantidades que debe y que no le ha pagado, pero ¿se pueden hacer estas notificaciones por WhatsApp? ¿Tienen validez legal?

Desde el portal inmobiliario idealista explican que puede notificarse el impago al inquilino a través de la aplicación de meta, pero que los resultados obtenidos dependerán de la buena voluntad del mismo. Esto quiere decir que podría darse el caso de que se trate de un despiste, y tras escribirle uno de estos mensajes, proceda a pagar la cantidad de que debe sin problema. 

Pero en el caso de tratarse de un inquilino moroso, más conocidos como 'inqui-okupas', que no tenga intención de pagar, podría hacer caso omiso de dichos mensajes, que realmente no tienen ningún tipo de validez legal. No obstante, aunque estos mensajes no serán determinantes para un desahucio, explica el portal inmobiliario que tenerlos pueden resultar útiles. 

Cómo notificar los impagos del alquiler a un inquilino para que tengan validez legal

Si un simple mensaje no tiene validez legal para notificar los impagos del alquiler al inquilino, ¿cómo tendría que hacerlo el casero? Lo habitual para que las notificaciones tengan efecto legal es realizarlas de forma fehaciente, es decir por carta certificada, burofax, o algún medio similar con el que se pueda verificar la recepción de la comunicación por el inquilino. 

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) además prevé, que en el caso de los contratos de arrendamiento inscritos en el Registro de la Propiedad que estipulen que el contrato de alquiler finaliza por impago de la renta, el casero tendrá que realizar un requerimiento judicial o notarial al inquilino insondable al pago. Si en el plazo de 10 días no contesta el contrato se considerará resuelto de pleno derecho. 

Qué hacer si un inquilino no paga el alquiler 

Si pese a las notificaciones fehacientes, el inquilino no procede al pago de las rentas debidas al casero, deberá recurrirse a la vía legal e interponer una demanda tanto reclamando las rentas debidas como solicitando el desahucio por impago de alquiler. 

Para ello se tendrá que presentar la documentación de la que se disponga, como el contrato de arrendamiento, y los requerimientos de pago. En el caso de no tener un contrato de alquiler firmado, porque se haya realizado un contrato verbal, será necesario aportar pruebas que justifiquen la relación entre el casero y el inquilino.

Archivado en:

Otras noticias interesantes

Lo más leído