El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva que la Seguridad Social destina a personas en situación de vulnerabilidad para garantizar unos ingresos mínimos. En el próximo mes de diciembre y como viene siendo habitual en los últimos años, la Seguridad Social procederá a comprobar las rentas de todos sus beneficiarios y ciertos beneficiarios perderán su derecho a seguir cobrando la ayuda.
Esta prestación se cobra de manera indefinida siempre y cuando se mantengan los requisitos que dieron a su nacimiento. Uno de estos, es no superar el umbral de ingresos según la unidad de convivencia.
Para lograrlo, la Seguridad Social exige a sus beneficiarios que todos los años presenten a la Agencia Tributaria la declaración de rentas o IRPF. En este sentido. El organismo español podrá suprimir la prestación si se excede de los ingresos.
Motivos para perder el Ingreso Mínimo Vital en 2023
A final de cada año, la Seguridad Social pide a la Agencia Tributaria todas las rentas de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Este documento que envía Hacienda sirve para conocer cuál ha sido el nivel de ingresos durante ese año.
Con los importes actualizados, la Seguridad Social revisa, la unidad familiar o unidad de convivencia del solicitante y su nivel de ingresos y pueden darse hasta tres situaciones diferentes. Que aumente la cuantía, que se reduzca o que se retire la prestación por superar el umbral de ingresos.
En el caso de que perciba menos ingresos o aumenten la unidad de convivencia, el beneficiario cobrará más al tener una situación más desfavorable.
En el caso de superar el límite de rentas, el organismo procederá a informar al beneficiario que ha superado el límite, que no se encuentra en una situación de vulnerabilidad y quitará el Ingreso Vital a partir del 1 de enero de 2024. Si posteriormente, cambia la situación familiar o económica, podrá volver a solicitarlo.
El caso de mantener los mismos ingresos y la misma unidad familiar, se seguirá percibiendo la misma cuantía aproximadamente, ya que el incremento del 15% del Ingreso Mínimo Vital finalizará el 31 de diciembre 2023.
Cuánto se cobra
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación que complementa los ingresos del beneficiario. Es decir, la Seguridad Social asigna una cuantía, y lo que se cobrará será la diferencia entre esa cuantía y los ingresos del beneficiario.
Estas son las cuantías del Ingreso Mínimo Vital en 2023, en función de la unidad de convivencia del beneficiario:
- Un adulto: 565,37 euros al mes.
- Un adulto y un menor: 734,99 euros al mes.
- Un adulto y dos menores: 904,60 euros al mes.
- Un adulto y tres menores: 1.074,21 euros al mes.
- Un adulto y más de tres menores: 1.243,83 euros al mes.
- Dos adultos: 734,99 euros al mes.
- Dos adultos y un menor: 904,60 euros al mes.
- Dos adultos y dos menores: 1.074,21 euros mensuales.
- Dos adultos y más de dos menores: 1.243,83 euros al mes.
- Tres adultos: 904,60 euros al mes.
- Tres adultos y un menor: 1.074,21 euros al mes.
- Tres adultos y más de un menor: 1.243,83 euros al mes.
- Cuatro adultos: 1.074,21 euros al mes.
- Cuatro adultos y un menor: 1.243,83 euros al mes.
- Resto de unidades de convivencia: 1.243,83 euros al mes.
Otras noticias interesantes
-
Estos son los 8 errores más comunes por los que pierdes el Ingreso Mínimo Vital para siempre
-
Ingreso Mínimo Vital: subida histórica del número de beneficiarios a más de 2 millones
-
La Seguridad Social le concede el Ingreso Mínimo Vital y le obliga a devolver 6.000 euros por un error
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía