El presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez ha anunciado que se implementará antes del mes de junio, el derecho al olvido oncológico, una medida para que las personas que hayan sufrido cáncer en algún momento de su vida, no tengan limitaciones a la hora de contratar una hipoteca, crédito, seguro o incluso conseguir un trabajo.
Durante un encuentro con asociaciones de enfermos oncológicos en Sevilla, el presidente del Gobierno garantizó que este derecho se tramitará de forma urgente para que entre vigor antes del verano, un reclamo histórico de parte de las organizaciones de lucha contra cáncer, que se enmarca en la política adoptada por todos los países de la Unión Europea y en la que solo faltaban adherir España, Malta e Islandia. Pero ¿qué es el derecho al olvido oncológico y a quiénes beneficiaría?
Qué es el derecho al olvido oncológico
El derecho al olvido oncológico tiene el fin de evitar la discriminación de los supervivientes de cáncer, ya que por haber padecido la enfermedad no tienen el mismo acceso a créditos hipotecarios, préstamos, seguros e incluso es un factor limitante a la hora de conseguir un empleo.
Básicamente se trata de que entidades financieras, aseguradoras y empresas no tenga en cuenta el historial médico de la persona que ha padecido un cáncer. Según el informe ‘Jóvenes y leucemia: más allá de sobrevivir', de la Fundación Josep Carreras, el 80% de los jóvenes en España de entre 18 y 35 años que sufrieron un cáncer en la sangre manifiestan que tienen inconvenientes a la hora de contratar un producto bancario, un seguro o conseguir un trabajo por su condición.
Las organizaciones de lucha contra el cáncer llevan denunciando años que la única salida que les queda a los pacientes sobrevivientes cuando se les deniega una hipoteca o crédito por su condición, es reclamar por la vía judicial alegando discriminación.
Cómo se aplicará en España y a quiénes beneficiará
El derecho al olvido oncológico, se presentará como una propuesta del PSOE mediante la modificación del Real Decreto Legislativo 1/2007, en el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley del Contrato del Seguro.
La medida declarará nulas todas las cláusulas que se basen en antecedentes oncológicos para excluir a las personas o discriminarlas a la hora de contratar un producto bancario, como por ejemplo, aplicar condiciones más restrictivas por haber padecido la enfermedad.
En el caso de España, y según lo anunciado por el presidente Pedro Sánchez, la medida se aplicará a todas las personas que hayan finalizado su tratamiento oncológico cinco años antes de solicitar algún servicio o préstamo bancario, sin que hayan sufrido recaídas durante ese periodo.
Lo más leído
-
Un padre niega la herencia de 220.000€ a su hijo para dársela a su nueva mujer, pero la justicia le reconoce la parte legítima
-
Un empleado de Mercadona es despedido por beberse una Fanta sin pagarla y la justicia dice que es procedente
-
Las pensiones no contributivas subirán 350 euros en 2025
-
Un trabajador consigue la jubilación anticipada a los 64 años después de que la Seguridad Social se la denegara
-
Tabla con la pensión máxima que puedes cobrar en función de tu sueldo y años cotizados en 2025: estas son las cuantías
-
Precio de la luz por horas mañana viernes 22 de noviembre: cuándo es más barata y más cara en el día