Qué pensionistas podrán solicitar desde hoy la devolución del IRPF por las antiguas mutualidades

Hacienda avisa que los pensionistas a los que puede devolver hasta 4.000 euros que ya pueden presentar la declaración de la Renta.

Hacienda debe devolver hasta 4.000 euros a ciertos jubilados para que tengan esta ventaja en la Renta. Canva
Isabel Gómez

En plena campaña de la Renta, Hacienda tiene buenas noticias para ciertos jubilados. Especialmente, aquellos a los que el Fisco, por orden del Tribunal Supremo, tiene la obligación de devolverles hasta 4.000 euros. Y es que ahora, ya pueden solicitar esa cantidad a través de la Agencia Tributaria, aunque no es lo único. ¿Cómo pueden solicitar la devolución? ¿A qué pensionistas afecta específicamente?

El pasado 2023, una sentencia de este alto tribunal emitió una orden directa a Hacienda. Por un error de esta administración, entre 1967 y 1978 fueron miles los trabajadores que cotizaban en las mutualidades antiguas que vieron cómo tributaron por el 100% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cuando en realidad debían haberlo hecho por el 75%. Al producirse ese exceso de cotización del 25%, ahora la AEAT tiene la obligación de devolverles ese dinero.

Al mismo tiempo, el aviso del Ministerio de Hacienda, bajo las órdenes de María Jesús Montero, tiene que ver con la presentación del borrador de la Renta 2023 a través de Renta WEB, un servicio que está habilitado desde el pasado 3 de abril, pero al que se recomendó a estos afectados esperar unas semanas para presentarlo.

Los jubilados a los que Hacienda les debe hasta 4.000 euros: cómo reclamarlos

Tras la decisión judicial de devolver todos esos excesos de cotizaciones a personas que ya están jubiladas, se ha producido una ola de reclamaciones para el periodo que aún no ha prescrito, desde 2019 a 2023. La Agencia Tributaria, con el fin de agilizar el proceso, ha habilitado un formulario, disponible en su sede electrónica, para que no tengan que emitir escritos ni necesidad de acudir a abogados u otra ayuda externa.

Como apuntan desde el organismo a Noticias Trabajo:es posible solicitar el reembolso de esas cantidades de más que se cotizaron de IRPF sin necesidad de presentar documentación extra o acreditativa”. Por lo que es la propia administración que en ese formulario habrá las comprobaciones para ver cuánto dinero debe devolver y si verdaderamente el solicitante tiene derecho a ello o no.

Cabe mencionar que esas cantidades oscilan entre los 400 y los 4.000 euros. No es que sea una cuantía fija, sino que depende de lo que corresponda a cada afectado. También es necesario señalar que si la persona ha fallecido, los descendientes pueden solicitar ese exceso por el periodo que aún no ha prescrito.

Documentación necesaria para la devolución en el IRPF

Hacienda ya tiene habilitado dicho formulario de reclamación desde el pasado 20 de marzo y como se ha mencionado, no es necesario adjuntar a esa solicitud ningún tipo de documentación.

Como indicó la ministra Montero, para que ese dinero aparezca en la devolución de la declaración de la Renta 2023, era recomendable que los afectados esperarán al 20 de abril para presentarla en Renta WEB. Por tanto, “tanto el formulario de solicitud como la información de este proceso está a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Agencia”, como apuntan desde 20 Minutos.

Por tanto, el actual formulario se puede utilizar para solicitar esas devoluciones, si bien para 2023, en la mayoría de los casos ya aparecerá en Renta WEB y “el ajuste se aplicará automáticamente en la declaración”.

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