Cuando una persona trabajadora en España que debido a un accidente de trabajo, lesión o enfermedad le impidan o anulen la capacidad laboral podrán solicitar una pensión por incapacidad permanente. Esta pensión busca garantizar la pérdida de ingresos provocada por el estado de salud del trabajador. Tener una enfermedad no da derecho al acceso a esta prestación contributiva, de hecho ni la Seguridad Social tiene una lista con las enfermedades que da acceso a una incapacidad permanente.
Para conceder una incapacidad permanente es necesario presentar una solicitud en la Seguridad Social y que un tribunal conocido como el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), valore la incapacidad del trabajador. Hay que tener en cuenta que según los datos de la Seguridad Social, el 53,47 % de las solicitudes por incapacidad permanente son denegadas.
Grados de Incapacidad permanente
La Seguridad Social a la hora presentar una solicitud, esta puede denegarla o aprobarla y conocer uno de los cuatro grados. Estos grados son parcial, total, absoluta y de gran invalidez. Dependiendo del grado se tendrá derecho a una u otra prestación.
- Incapacidad permanente parcial: cuando la incapacidad permanente, aunque de manera limitada, poder seguir trabajando en la misma profesión.
- Incapacidad permanente total: cuando le impide la realización de todas las tareas fundamentales, su profesión habitual, pero no impide el desarrollo de otra profesión. Tendrá derecho al cobro del 55 % base reguladora.
- Incapacidad absoluta: esta inhabilita al trabajador para realizar cualquier profesión u oficio (salvo específicas excepciones). Los beneficiarios tienen derecho a una pensión vitalicia con el 100 % de la base reguladora.
- Gran invalidez: Se otorga junto con la incapacidad permanente absoluta y se concede cuando debido a la pérdida funcional del cuerpo del beneficiario necesita de otra persona para hacer la laborares esenciales de la vida.
Tabla de enfermedades por las que pueden conceder una incapacidad permanente en 2023
La Seguridad Social explica en su web que no existe un listado oficial o tabla por la que padecer cierta patología, enfermedades o accidente laboral sea motivo de conceder una incapacidad permanente. En este sentido, los abogados especialistas Campmany Abogados, ha elaborado un listado actualizado con 52 enfermedades por las que es posible iniciar un procedimiento para la concesión de esta pensión contributiva.
A continuación, se muestra un listado de enfermedades por las que se puede conceder una incapacidad permanente absoluta en 2023:
- Trastorno Adaptativo Mixto
- Trastorno bipolar
- Trastorno de ansiedad
- Síndrome de Ménière
- Síndrome de Sjögren
- Síndrome de Südeck
- Síndrome de Tourette
- Síndrome del túnel carpiano
- Síndrome subacromial
- Siringomielia y Arnold Chiari
- Stargardt
- Radiculopatía Lumbar
- Retinopatía diabética
- Retinosis pigmentaria
- Rizartrosis
- Hernia discal
- Ictus
- Lesión medular
- Lumbalgia crónica
- Lupus
- Maculopatía
- Miopía Magna
- Narcolepsia
- Neuropatía cubital
- Postpolio
- Enfermedades renales
- Epilepsia
- EPOC
- Esclerosis Múltiple
- Espondilitis anquilosante
- Espondilosis degenerativa
- Esquizofrenia
- Estenosis foraminal
- Fibromialgia
- Fibrosis quística
- Cáncer
- Cardiopatía Isquémica
- Condromalacia Rotuliana
- Depresión
- Diabetes
- Distimia
- Distrofia de conos y bastones
- Enfermedad de Behçet
- Enfermedad de Crohn y Colitis ulcerosa
- Enfermedades hepáticas
- Agorafobia
- Albinismo
- Alzhéimer
- Aniridia
- Artritis Reumatoide
- Artrosis cervical
- Ataxia
Además, para acceder a una incapacidad es necesario reunir unos requisitos generales y de cotización. En el caso de que la incapacidad derivara o no de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, no se exigirá cotizaciones a la Seguridad Social.
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