La Seguridad Social sumará como cotizados los años trabajados por deportistas profesionales antes de su integración en el Régimen General

El Ministerio de Inclusión ha sacado a audiencia pública un proyecto de real decreto para que esos periodos cuenten en la jubilación.

La portavoz del Gobierno y ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España, Elma Saiz |Europa Press
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La Seguridad Social prepara un cambio para que los deportistas profesionales puedan recuperar, a efectos de jubilación, periodos de actividad que hasta ahora no figuraban como cotizados. El Ministerio de Inclusión ha lanzado a audiencia pública del proyecto del real decreto con el que pretende reconocer como cotizados los años trabajados antes de la integración de estos profesionales en el Régimen General de la Seguridad Social.

La medida va dirigida a quienes practicaron cualquier disciplina deportiva con contrato profesional en territorio español entre el 15 de marzo de 1980 y la fecha de su incorporación al Régimen General, según recoge la nota difundida por el Ministerio. En la práctica, esto permitirá que esos periodos sirvan para acceder a la pensión de jubilación o para mejorar la que ya se está cobrando, siempre que puedan acreditarse.

El punto de partida está en que los deportistas profesionales no quedaron protegidos todos al mismo tiempo. La relación laboral especial de este colectivo está regulada en el Real Decreto 1006/1985, pero su incorporación a la Seguridad Social se fue haciendo de forma desigual. Algunos grupos, como los ciclistas profesionales o los jugadores de baloncesto y balonmano, fueron entrando antes; otros, en cambio, no quedaron integrados con carácter general y definitivo hasta 2003.

Los años reconocidos servirán para cobrar o mejorar la jubilación

El cambio que plantea ahora el Gobierno no supone una nueva integración, porque esa ya se produjo con el Real Decreto 287/2003. Lo que hace este nuevo proyecto es permitir que se computen periodos anteriores a esa fecha, de forma que pasen a formar parte de la carrera de cotización del deportista.

Esto tiene dos efectos claros. El primero es que esos años podrán utilizarse para reunir el periodo exigido para acceder a la pensión de jubilación. El segundo es que también podrán servir para recalcular la prestación y mejorar su cuantía en los casos en los que la persona ya esté jubilada y ese tiempo no se hubiera tenido en cuenta.

Para que ese reconocimiento sea posible, el Ministerio explica que habrá que acreditar la actividad mediante certificación del club o entidad deportiva donde se desarrolló el trabajo. Si esa entidad ya no existe, podrá aportarse una certificación de la federación correspondiente. Además, el texto prevé que el capital coste derivado, es decir, el dinero necesario para esta regularización sea abonado por el Consejo Superior de Deportes

El Gobierno lo presenta como una corrección de una anomalía histórica

La explicación oficial es que muchos deportistas trabajaron con contrato profesional sin haber podido cotizar por esos años debido al marco normativo de entonces. Por eso, el secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, ha defendido que la medida busca reparar esa situación. “Se trata de un acto de justicia”, señaló, al referirse a quienes ejercieron su profesión sin el amparo ordinario del sistema.

La norma se encuentra ahora en fase de audiencia pública, por lo que todavía no ha sido aprobada de forma definitiva. Este trámite será el que determine el contenido final de una reforma con la que la Seguridad Social intenta convertir en cotización efectiva años de actividad profesional que hasta ahora quedaban fuera del historial de jubilación, una cuestión especialmente sensible en carreras deportivas cortas y con un fuerte desgaste físico.

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