Hacienda está aprovechando las últimas semanas del año para enviar cartas a los contribuyentes. El objetivo de estas notificaciones es principalmente informar sobre su declaración de la Renta, aunque en otras ocasiones puede ser una notificación para informar de alguna multa o sanción.
El 1 de enero marca el inicio de un nuevo ejercicio fiscal tanto para empresas como para contribuyentes y es por ello que deben estar informados de su situación a ojos de la administración pública. Por ello, Hacienda o, la Agencia Tributaria, envía estas cartas a los contribuyentes.
En la mayoría de los casos, estas cartas están relacionadas con la Declaración de la Renta que, aunque el plazo para presentarla venció el 30 de junio, el plazo para realizar el segundo pago terminó el 6 de noviembre. Aun así, Hacienda puede realizar la devolución de la declaración hasta el 31 de diciembre (en algunos casos muy específicos puede tardar más).
Si recibes esta carta antes de que termine el año, no debes preocuparte, ya que en la mayoría de las ocasiones es meramente informativa. Ahora es posible que la carta pueda deberse a que no se ha abonado el segundo pago en la declaración de la Renta o que desde la Administración hayan detectado alguna irregularidad o incidencia en la declaración presentada.
También puede ser que Hacienda requiera de información adicional sobre la declaración o simplemente no tenga que ver con la Renta y sea para notificar una sanción por otro motivo.
Cuáles son las notificaciones que envía Hacienda
Hacienda puede enviar notificaciones en forma de carta para varios trámites burocráticos. Algunos de estos son los siguientes:
- Carta Informativa: La Agencia Tributaria envía esta carta con el propósito de informar al contribuyente de un hecho relevante. En este caso, no es necesario que el destinatario responda.
- Requerimiento por Desacuerdo: Si la información de la declaración de impuestos de la persona no coincide con sus informes fiscales, Hacienda envía un requerimiento. El contribuyente debe responder justificando su situación para evitar sanciones.
- Propuesta de Liquidación: Si la Administración considera que existe información errónea que debe corregirse, se envía al contribuyente una propuesta de liquidación.
- Resolución de Procedimiento: Si el contribuyente tiene un procedimiento en curso con Hacienda, recibirá una resolución que indicará el resultado final de dicho procedimiento.
- Providencia de Apremio: La Agencia Tributaria utiliza esta carta para establecer la fecha en la que se cargará una deuda pendiente al contribuyente. Si este no dispone del dinero, puede responder para solicitar un aplazamiento o presentar un recurso.
- Diligencia de Embargo: Si el cobro de la deuda debe ser inmediato, la Administración envía una diligencia de embargo al contribuyente.
- Inicio de Investigación de Inspección: Cuando Hacienda abre una inspección, se envía al contribuyente un inicio de investigación de inspección en el que se le solicitará documentación relevante.
- Expediente Sancionador: En caso de que el contribuyente haya cometido una infracción, Hacienda enviará un expediente sancionador para informarle al respecto.
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