¿Puedo llegar a perder el Ingreso Mínimo Vital? ¿Cuáles son los errores más comunes por los que la Seguridad Social llega a retirar la prestación? Esta ayuda tiene como finalidad proteger económicamente a las personas o familias con severas dificultades económicas, por lo que cometer algún error en el cobro puede suponer la pérdida de hasta 1.329 euros en 2024. Sin duda, un ‘roto’ para muchos hogares en España.
Echando un vistazo a la normativa vigente, el Real Decreto-Ley 20/2022, reguladora del Ingreso Mínimo Vital, existen hasta ocho situaciones por las que puede llegar a perderse esta prestación no contributiva, como se verá más adelante. Además, aunque no se llegue al mínimo de ingresos que obliga a tributar por el IRPF, la administración pública sí que exige a los beneficiarios a presentar la declaración de la Renta para ver que no se sobrepasan el límite de rentas fijado para cada año.
Todo aquel que esté trabajando, como autónomo o asalariado, o sea desempleado y cobre una prestación por desempleo del SEPE, no recibirá la cuantía íntegra al ser esta prestación una renta garantizada. ¿Esto qué significa? Que la persona solo recibirá de ayuda el importe que corresponde al restar de la cuantía que le corresponde por unidad familiar, los ingresos mensuales que recibe. La diferencia será la cuantía que reciba de IMV.
Sin embargo, si la persona no recibe ningún tipo de renta o ayuda y necesita subsistir solo con el Ingreso Mínimo Vital, puede percibir el 100% del importe correspondiente según su unidad de convivencia.
La Tesorería General de la Seguridad Social tiene potestad para suspender o extinguir ese cobro de forma definitiva. Como es posible comprobar en el portal web de la administración, el cobro del Ingreso Mínimo Vital: “se mantiene mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplan los requisitos y obligaciones previstos en la normativa legal”.
Los motivos por los que la Seguridad Social quita definitivamente el Ingreso Mínimo Vital en 2024
Actualmente, hay ocho motivos por los que la Seguridad Social puede extinguir para siempre el cobro del Ingreso Mínimo Vital en 2024. Algo que lo hace desde el primer día del mes siguiente al de la causa de la extinción. Corresponden con las situaciones explicadas a continuación:
- Mantener durante un año la suspensión del IMV y no solventar la situación.
- No poder demostrar definitivamente que se cumple alguno de requisitos para cobrar el IMV, como sobrepasar el límite de rentas.
- Renunciar a la prestación por voluntad propia.
- Si se produjera el fallecimiento del beneficiario titular.
- Viajar o mudarse al extranjero por un periodo superior a 90 días sin informar a la administración.
- Incumplir reiteradamente las condiciones de compatibilidad del IMV con el desarrollo de un trabajo como trabajador por cuenta propia o ajena.
- Por tener activo un proceso sancionador.
- Otros motivos determinados de forma reglamentaria.
Antes de llegar a estos momentos, existen otros en las que el organismo público suspende temporalmente la ayuda asistencial. Si no se esclarecen, conlleva la pérdida definitiva al llegar a un año de suspensión.
¿Se puede subsanar el error? No, deberá iniciar el procedimiento de solicitud para volver a percibir esa renta garantizada. En unos meses, la Seguridad Social habilitará el teléfono corto 020 para que la información de esta prestación llegue a un mayor número de beneficiarios.
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