El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) permite cobrar el subsidio para mayores de 52 años a los desempleados que han agotado el paro y siguen en situación de desempleo. Pero no solo basta con reunir con los requisitos de acceso cobrar esta prestación, sino que también hay que cumplir unas obligaciones, como es la de encontrarse en búsqueda activa de empleo. Por esta razón, rechazar una oferta de empleo o un curso de formación sin causa justificada, podría provocar la retirada del subsidio.
Hay que recordar que la solciitud del subsidio incluye la suscripción del “compromiso de actividad”, tal como indica el SEPE. Esto significa que las personas desempleadas se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para volver a reincorporarse al mercado laboral. Y aquí se incluyen los cursos de formación que, de no hacerlos sin justificación, podrían dar lugar a la suspensión del subsidio.
Si es la primera vez que ocurre, se dejaría de cobrar el subsidio por tres meses. Si se repite una segunda, la pérdida sería de 6 meses y, si se comete la misma falta una tercera vez, se extinguiría la prestación. Esto es, quitarían la ayuda de forma definitiva.
Sin embargo, esta no es la única peculiaridad del subsidio para mayores de 52 años, porque es el único de los subsidios del SEPE que cotiza para la pensión de jubilación y que se puede cobrar indefinidamente hasta llegar a la edad de jubilación, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos. Una ventaja que también obliga a realizar un trámite anual si no se quiere dejar de cobrar.
La exigencia del subsidio para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años es el único que cotiza para la pensión de jubilación, haciéndolo por el 125% de la base mínima de cotización vigente cada año (actualmente de 1.653,75 euros). Teniendo en cuenta este detalle y que se puede cobrar ininterrumpidamente hasta alcanzar la edad de jubilación, el SEPE tiene que supervisar que se siguen cumpliendo los requisitos exigidos y que no ha cambiado la situación económica y laboral que generó el derecho a cobrarlo.
Lo hace mediante la declaración anual de rentas que deben presentar todos sus beneficiarios cada 12 meses y que es distinta a la declaración de la Renta de la Agencia Tributaria. En este documento, obligatorio para prorrogar el subsidio de un año a otro, se detallan todas las rentas que percibe el beneficiario.
Hay que recordar que uno de los requisitos de la prestación es que los ingresos del receptor de la ayuda no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) del último año. Teniendo en cuenta el SMI de 2024, no se podrían tener ingresos por encima de los 850,50 euros mensuales.
Otros motivos por los que el SEPE puede retirar el subsidio
La suspensión del subsidio para mayores de 52 años por renunciar a una oferta de empleo o a la realización de un curso de formación no es muy frecuente, siendo pocos los casos registrados. Sin embargo, hay otros motivos por los que el SEPE también puede retirar la prestación:
- Por no presentar la mencionada declaración anual de rentas.
- Por no renovar la demanda de empleo (cada 90 días).
- Por superar el límite de ingresos (75% del SMI).
- Por trabajar fuera de España.
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