El BOE advierte de que no informar sobre el precio de los carburantes puede suponer multas de hasta 6 millones de euros para las petroleras

El Gobierno aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio y refuerza el control sobre la obligación de las gasolineras y petroleras de comunicar los precios.

Pantalla de precios de una gasolinera |Europa Press
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No informar correctamente sobre el precio de los carburantes por parte de las empresas del sector, puede salir muy caro. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 21 de marzo de 2026 un real decreto-ley por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, en el que se incluyen nuevas medidas para reforzar el control sobre el mercado de combustibles.

Esta norma establece en su artículo 28 que el incumplimiento de los requerimientos de información sobre precios tendrá la consideración de infracción grave conforme a la Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos, lo que supone un endurecimiento del marco regulador para las empresas del sector. 

El objetivo de esta medida es garantizar que los consumidores dispongan de información fiable y actualizada en un contexto marcado por la volatilidad de los precios energéticos, facilitando así decisiones de consumo más transparentes.

El incumplimiento se considera infracción grave y puede acarrear sanciones millonarias

El BOE recoge expresamente que no atender los requerimientos de información sobre precios constituye una infracción grave . Esto implica que las empresas del sector de los carburantes que no comuniquen estos datos o lo hagan de forma incorrecta podrán enfrentarse a importantes sanciones económicas.

Aunque el real decreto-ley no fija directamente la cuantía de las sanciones, sí remite al régimen sancionador de la Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos, que establece multas de hasta 6 millones de euros para las infracciones graves.

Además, la normativa prevé que la cuantía de las sanciones pueda ajustarse en función de factores como el daño causado, el beneficio obtenido o la reiteración de la conducta.

Por otro lado, el real decreto-ley también refuerza el control del sector, ya que se evaluará periódicamente el grado de cumplimiento de la obligación de remisión de precios y se informará de las medidas sancionadoras adoptadas, publicándose esta información a través de los organismos competentes como la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

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