El Gobierno ha decidido suprimir definitivamente la obligación de que los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo presenten la declaración de la Renta, confirmado por la Agencia Tributaria la semana pasada. La medida, incorporada en la reforma del subsidio aprobada en 2024 (Real Decreto 2/2024) y prevista para aplicarse por primera vez en 2026, queda ahora anulada tras considerar el Ejecutivo que “no era adecuada” y que generaba una carga administrativa innecesaria para las personas desempleadas, según recoge el decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado.
El texto del BOE (Real Decreto-ley 16/2025) indica que se "persigue evitar que, a través de una norma propia del ámbito social, como es la Ley General de la Seguridad Social, se produzca una modificación de las obligaciones tributarias de las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo".
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La decisión supone revertir por completo un mandato que ya había sido pospuesto a 2026 y que, de haberse aplicado, habría obligado a todos los que cobran del SEPE, también aquellos que reciben subsidios no contributivos, a presentar la declaración del IRPF incluso cuando sus ingresos no superasen los límites habituales establecidos por Hacienda.
El Ejecutivo defiende ahora que esta obligación “excede la intención de la norma, que inicialmente fue la de dotar de una fuente adicional de información a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo".
Por qué Hacienda quería obligar a presentar la Renta a los parados
La exigencia generó polémica desde su aprobación. Especialistas tributarios habían advertido de que muchos desempleados pasarían a tener que declarar e incluso ingresar cuota, pese a que “el 75% percibe rentas inferiores a 5.400 euros anuales”, según señala el propio decreto del Gobierno .
Además, la obligación implicaba que los beneficiarios que no presentaran la declaración podrían enfrentarse a la suspensión de la ayuda e, incluso, a sanciones económicas severas, tal como recogía la norma vigente. Según recuerda La Razón, las multas previstas oscilaban entre el 50% y el 150% del importe adeudado, un escenario especialmente delicado para quienes dependen de prestaciones de baja cuantía .
El Gobierno reconoce ahora que imponer esta carga a cerca de 2,5 millones de nuevos declarantes habría supuesto también un fuerte impacto operativo para la Agencia Tributaria, obligada a gestionar un volumen extraordinario de declaraciones adicionales.
Diferencias con el Ingreso Mínimo Vital
La medida se había inspirado en el modelo del Ingreso Mínimo Vital, que sí obliga a presentar la declaración del IRPF. Sin embargo, el Ejecutivo admite que existen “diferencias sustanciales” entre ambas prestaciones, tanto en su normativa como en su finalidad.
Mientras que el IMV es una prestación no contributiva ligada a condiciones de vulnerabilidad, el paro y los subsidios buscan sustituir rentas salariales o complementar la falta de ingresos tras la pérdida del empleo. Estas diferencias justifican, según el Gobierno, que en este caso no proceda imponer la misma obligación tributaria.
Qué supone este cambio para los beneficiarios en 2025
Con la modificación aprobada ningún desempleado estará obligado a presentar la Renta solo por cobrar una prestación o subsidio. Solo deberán presentar la declaración de la Renta quienes superen los umbrales generales de Hacienda:
- 22.000 euros anuales de un solo pagador.
- 15.876 euros en caso de tener dos o más pagadores.
Por tanto, si un desempleado no presenta la declaración de la Renta y además no supera los umbrales de ingresos anteriores, no se producirá la suspensión del subsidio. El SEPE seguirá teniendo acceso a la información fiscal necesaria mediante cruces de datos con la Agencia Tributaria.
El Gobierno justifica que la medida se apruebe antes del cierre del ejercicio fiscal para garantizar que la ciudadanía conozca el cambio antes del inicio de la campaña de Renta 2025 y que las administraciones puedan planificar adecuadamente las gestiones.
La eliminación de esta obligación forma parte del macrodecreto aprobado a final de año, que incluye, entre otras medidas, la prórroga del salario mínimo, la actualización de bases de cotización y la ampliación del “escudo social” hasta 2026.