En España, son muchas las personas que se esfuerzan por tener un trabajo fijo, pero son despedidos a los seis meses y esto los deja lejos de cobrar la prestación contributiva por desempleo (el paro). El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es consciente de este problema, por lo que los intenta ayudar tanto económicamente como con formación para que regresen al mercado laboral. Si cumplen todas las condiciones pueden cobrar una ayuda de 480 euros, pero solo hasta un momento determinado en 2024.
Esa ayuda consiste en un subsidio por desempleo, específicamente, el subsidio por insuficiencia de cotización. Únicamente se tiene derecho a él cuando demuestra una experiencia laboral de mínimo 90 días (tres meses) entre otras exigencias. Hay que tener en cuenta que con la recién aprobada reforma de este tipo de ayudas asistenciales por el Gobierno, es la única que se mantendrá a partir del 1 de junio de 2024, momento en que entre en vigor el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre.
Esta normativa reduce todos los subsidios a tres, y aunque este seguirá vigente, sí que experimentará cambios tanto en su duración como en su cuantía, como se verá más adelante. Pero, ¿qué tienen que hacer los desempleados para cobrarlo?
Los requisitos del SEPE para cobrar el subsidio por insuficiencia de cotización
Echando un vistazo al portal web del SEPE, es posible comprobar cómo esta ayuda tiene varios requisitos para las personas que han trabajado menos de un año. Antes de conocerlas hay que tener en cuenta que “las cotizaciones que te sirvan para reconocer este subsidio no se tienen en cuenta para acceder a una futura prestación contributiva”, apuntan desde el organismo.
En primer lugar, la persona tiene que estar en desempleo o en situación legal de desempleo y, al mismo tiempo, permanecer inscrita como demandante de empleo durante todo el tiempo que reciba la prestación. Además, debe suscribir un compromiso de actividad y no rechazar ninguna oferta de colocación, curso o formación mientras sea beneficiario.
El SEPE le exige haber cotizado por desempleo un mínimo de tres meses, si tiene responsabilidades familiares, o seis meses o más, si no las tienes. Eso sí, nunca podrá haber cotizado más de 360 días, porque entonces ya tendría derecho al paro.
Por último, debe demostrar una carencia de rentas. Sus ingresos mensuales durante todo el tiempo que recibe el subsidio deben ser inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, fijado actualmente en 810 euros al mes. Si la persona fuera mayor de 52 años, pasaría directamente a recibir el subsidio por desempleo específico para esa edad.
Duración y cuantía del subsidio para quien no tiene derecho a paro
Esta ayuda asistencial no presenta una duración concreta, sino que varía según el número de meses cotizados y de si hay o no responsabilidades familiares. En caso de que las haya, es posible percibir los 480 euros durante, 3, 4 o 5 meses, si se ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
En cambio, puede durar hasta 21 meses (casi dos años) si se ha cotizado durante seis meses o más. En principio, se renueva seis meses y se puede prorrogar en periodos de medio año. Cuando no hay esas responsabilidades, se percibe durante seis meses, si se ha cotizado seis meses o más.
Cuantía
Como se ha comentado, esta cuantía es fija de 480 euros mensuales (80% del IPREM) hasta el 1 de junio de 2024. A partir de ahí sufrirá variaciones durante el primero año. En los seis primeros meses, se recibe el 95% del IPREM, 570 euros; que bajas al 90% de este indicador hasta llegar al año, para fijarse en los 480 euros mensuales hasta acabar la duración completa. Aún faltan matices por conocer.
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