El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) subirá un 5% hasta situarse en los 1.134 euros mensuales y tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024. De manera anual, este salario se situará en los 15.876 euros al mes, lo que supone un incremento de 54 euros mensuales en 14 pagas (756 euros al año) con respecto al SMI anterior. La subida afectará a los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años, ya que cambiará los requisitos para acceder a esta ayuda económica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Al igual que el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) influye en las cuantías de los subsidios y en las cuantías máximas y mínimas de la prestación contributiva por desempleo, este indicador afecta en los requisitos para acceder a los subsidios.
Ahora, con la subida del salario mínimo, los desempleados que quieran acceder a uno de los ocho subsidios por desempleo del SEPE deberán cumplir con el nuevo requisito de rentas, en el que se encuentra el subsidio de mayores de 52 años.
Nuevo límite de rentas para acceder a la ayuda
Para acceder al subsidio para mayores de 52 años es necesario demostrar, entre otros requisitos, carecer de ingresos suficientes. Para este límite y según explica el SEPE, es necesario carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Hasta ahora, para acceder a este se requería tener rentas inferiores a los 810 euros mensuales, pero ahora y cuándo se apruebe el nuevo salario mínimo, el límite ascenderá a los 850,5 euros al mes. Este incremento de 40,5 euros hará más fácil su acceso a la ayuda.
Ahora, para mantener la ayuda, el SEPE recuerda a todos sus beneficiarios, que una vez cumplido un año desde que se aprobó el subsidio, deberán presentar una declaración anual de rentas al SEPE. El plazo para presentar este documento (qué no hay que confundir con la declaración de la Renta) es de 15 días hábiles para presentar el documento.
Además, las personas que quieran acceder este subsidio deben saber que es necesario cumplir con un requisito específico. Este es contar con los años de cotización necesarios para acceder a la pensión de jubilación, que son 15 años, además de, además de haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de tu vida laboral.
Al subir el salario mínimo también suben las cotizaciones
El subsidio para mayores de 52 años es el único que cotiza para la pensión de jubilación. Este cotiza por el 125% de la base mínima vigente cada año. Ahora mismo, la base mínima es de 1.260 euros al mes, por lo que el subsidio de mayores de 52 años cotizará por el 125%, es decir, por una base de 1.575 euros al mes.
Las bases de cotización se encuentran ligadas al salario mínimo interprofesional. De esta forma, al incrementarse, la bases de cotización lo harán tomando como referencia el aumento del SMI y sumándole un sexto de ese incremento. Por lo que al subir el salario mínimo, también lo hará las cotizaciones al subsidio para mayores de 52 años.
Así lo explica, el Real Decreto Ley 8/2023, el cual puede consultarse en este Boletín Oficial del Estado (BOE). En su disposición transitoria novena explica que “para el ejercicio 2024, y hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, las bases mínimas de cotización, de los grupos de cotización, de los regímenes que las tengan establecidas, se incrementarán de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el salario mínimo interprofesional incrementado en un sexto”.
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