Nuevo aviso económico del Banco de España para que la ciudadanía tenga a buen recaudo sus ahorros, un bien más preciado que nunca al verse comprometidos puntualmente por el contexto económico adverso, marcado por la inflación, la incertidumbre económica y la subida de los tipos de interés.
Esta vez, el BdE alerta de que uno de los principales entes de la maquinaria estatal, la Agencia Tributaria, encargada de recolectar los tributos e impuestos a los que la ley obliga a la ciudadanía, puede quedarse con todo el dinero almacenado en una cuenta bancaria. Eso sí, antes, debe cumplirse un supuesto establecido por ley.
Según la Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado, cuando ha pasado un determinado periodo de tiempo, los fondos estatales pueden transferirse a su favor todo el saldo de la cuenta, sin importar la cuantía de la que se trate, que un cliente mantiene en una entidad. Además, también se expresa que debe haber notificaciones de aviso.
Dicha cantidad obtuvieron las arcas estatales en 2019, evidenciando que se trata de un mecanismo de financiación muy al alza y rentable, al otorgar cantidades rentables. Sin embargo, y a pesar de ello, el propio Banco de España ha querido concienciar a los clientes acerca de cómo evitar esta situación, convertido en un mal trago por partida doble y de la que, además, es difícil darse cuenta, ya que el cliente no se da cuenta de que su cuenta ha sido vaciada.
Cómo evitar perder el dinero de la cuenta
“Lo más sensato es que la canceles”, indica el organismo presidido por Pablo Hernández de Cos sobre las cuentas bancarias con saldo cero. “Tener saldo cero no es lo mismo que cancelada, por lo que puede generar costes y sorpresas”, explica, poniendo en valor los gastos inesperados que pudiera o pudiese haber, si, por ejemplo, se producen descubiertos.
Por no hablar de las comisiones de mantenimiento. Sin embargo, el BdE avisa al respecto que “las entidades no suelen cargar comisiones en cuentas con saldo cero para evitar que queden en descubierto”.
Así, para mantener a buen recaudo el dinero de una cuenta y que se mantenga protegida de la potestad de maniobra del Estado, habrá que mantenerla activa. Es decir, haber generado un movimiento o indicaciones por parte del titular durante los últimos 20 años, consecutivamente. Esto suele ocurrir cuando acontecen traspasos de titularidad bancaria por fallecimiento.
Aunque “la entidad debe seguir remitiendo al cliente extractos y documentos informativos, pero no está obligada si no ha habido movimientos”. Esta falta de obligación puede llegar a generar que se siga alargando la situación de que el titular no sea consciente de la existencia de esa cuenta y continúe abandonada.
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