Hacienda tiene novedades en cuanto al IVA de los autónomos este 2024. Una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) permitirá que los trabajadores por cuenta propia puedan deducirse el IVA correspondiente a los gastos que se originen en la vivienda por el ejercicio de la actividad laboral. Como apunta la Agencia Tributaria, esto afectará a quienes trabajen desde casa, pero, ¿Cómo les afectará? ¿Desde cuándo pueden incluir esas deducciones?
Este cambio de criterio lo introdujo este tribunal de Hacienda, ya que la ley actual española en esta materia tributaria contradice la directiva europea del Impuesto del Valor Añadido. Por lo que se ha decidido introducir esta novedad, porque antes ni los autónomos ni los empresarios tenían derecho a deducirse los gastos de vivienda cuando ahí es donde desarrollan su actividad económica.
Como apuntan desde elEconomista, la Dirección General de Tributos ya permite a estos trabajadores deducirse los gastos de agua, luz, gas e Internet de la vivienda, pero de forma proporcional a su uso para su actividad laboral. Al mismo tiempo, esa directiva deja entrever la posibilidad de reclamar lo abonado de más al Fisco en los últimos cuatro ejercicios económicos, es decir, a partir de 2019.
¿Cómo pueden los autónomos recuperar lo pagado de más por el IVA?
Ante el error de la normativa tributaria española, en la que Hacienda no había incluido esta posibilidad de deducir los gastos de vivienda, los trabajadores por cuenta propia podrán solicitar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) los gastos de vivienda. Para recuperar lo pagado de más deben seguir los siguientes pasos.
En primer lugar, es calcular el IVA que podrán haberse reducido para, posteriormente, solicitar la rectificación de las declaraciones pasadas. Como apuntan especialistas al citado medio, una buena práctica sería incluir las deducciones en la próxima declaración del IVA trimestral, aunque es mejor centrarse en los cuatro años fiscales anteriores.
Bien es cierto que aún no hay unos criterios bien definidos por la administración pública tributaria para llevar a cabo ese cálculo de los gastos. Los expertos consultados apuntan que el metido más recomendable o eficaz sería teniendo en cuenta los metros cuadrados de la vivienda. Es decir, “quien tenga una vivienda de 100 metros, pero utiliza un despacho de 20 metros cuadrados, gastan una quinta parte de los suministros de hogar, por lo que eso podría ser lo que se incluya para la deducción de la declaración del IVA”.
Por el momento, Hacienda aún no ha hecho el cambio en su normativa, aunque expresan que están en su estudio para ver de qué manera se puede incluir. En materia del IVA, otra cuestión que está vigente es la eliminación del IVA para aquellos autónomos que tengan unos ingresos anuales por debajo de los 85.000 euros. Hacienda ya se ha puesto en marcha para incluir esta novedad del IVA franquiciado y que tiene que ponerse en marcha a partir del 1 de enero de 2025.
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