Los trabajadores autónomos están de suerte, sobre todo si tienen dudas acerca de la nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional en un 5% y no saben cómo aplicar ese incremento correctamente en la subida del SMI. Existen una serie de complementos con los que se puede saber si se ajusta o no el sueldo de los trabajadores a ese índice.
El Ministerio de Trabajo aprobó este febrero un nuevo salario mínimo que lo ha fijado en los 1.134 euros al mes por 14 pagas con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024. Ahora, los autónomos con trabajadores contratados tienen el deber de recalcular el sueldo de estos para ajustarlo a ese aumento.
Una de las preguntas más habituales entre los trabajadores por cuenta propia es conocer si la cantidad que abonan en la nómina se ajusta o no al SMI vigente y si tendrán que pagar más para adaptarla al nuevo sueldo. Para ello, hay que fijarse en distintas sentencias del Tribunal Supremo donde se recogen complementos que deben estar incluidos en las nóminas como el de productividad.
¿Cuáles son los complementos que pueden sumar los autónomos para calcular el SMI?
Como apuntan desde Autónomos y Emprendedores, este Alto Tribunal emitió tres sentencias que tienen el mismo punto en común por parte de los magistrados: "este sueldo se ha de calcular siempre anualmente porque si no sería imposible saber si un empleado alcanza o no el Salario Mínimo Interprofesional, ya que puede ser que tenga algunas pagas anualizadas como la de antigüedad u otras que únicamente cobre en algunos meses, por lo que habría veces que cobraría por debajo del umbral y otras por encima".
La segunda de las sentencias va más allá e incluye conceptos variables que se pueden tener en cuenta a la hora de calcular el SMI. El ejemplo más claro es el de antigüedad. Y, al igual que este, se pueden incluir como parte del salario para alcanzar los 14.000 euros brutos anuales de sueldo mínimo, "los pluses de productividad y las comisiones de ventas, ya que son salario porque se pagan por el trabajo realizado. Lo que hace el Tribunal Supremo es recordar lo que ya viene diciendo desde hace tiempo el Estatuto de los Trabajadores: el SMI no se calcula sobre el salario base sino sobre todos los conceptos cobrados por un empleado a cambio de su trabajo efectivo, y no como indemnización", explican desde el citado medio.
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