Tener una idea y materializarla y dedicarse a ser el jefe de uno mismo es el sueño de muchos trabajadores. Algunos deciden dar el paso y convertirse en emprendedores. Como necesitan cotizar para la pensión de jubilación, la Seguridad Social les permite acogerse al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Dependiendo de la comunidad autónoma donde se den de alta podrán disfrutar de la Cuota Cero a partir de enero. Eso sí, tienen que cumplir con unos requisitos previos.
Este 2022 ha sido convulso en materia de autónomos. El ministro de la Seguridad Social, José Luis Escrivá, tuvo que llegar a un acuerdo con sindicatos y agentes sociales para implantar en el próximo año el nuevo sistema de cotización por rendimientos netos, es decir, por ingresos reales hasta el 2025. Este está compuesto por 15 tramos y nuevas cuotas. Pero han sido las únicas negociaciones.
Entre las novedades que trae la reforma de los autónomos se incluyen una nueva tarifa plana que sube de 60 euros a 80 euros, aunque se amplía la duración durante dos años. También se reconocen cuatro tipos de ceses de actividad cuando haya periodos de menos ingresos. Con respecto a este último tema, los autónomos podrán cambiar de cuota hasta en seis ocasiones al año, en vez de cuatro, como venía siendo habitual.
Qué autónomos pueden solicitar la Cuota Cero en 2023
Existen varias comunidades autónomas en las que es posible acogerse a la cuota cero. Por ahora son Andalucía, Murcia y Madrid, aunque no se descarta que otras se animen y adopten esta medida integrada en la Estrategia Integral de Trabajo Autónomo para impulsar el crecimiento de este colectivo de trabajadores que ahora son 3,3 millones en toda España.
En la región de Murcia, el gobierno autonómico espera que la estrategia consiga incrementar el número de trabajadores autónomos en un 7% con el fin de alcanzar los 110.000 en 2025. Actualmente, hay registrados unos 102.800.
En Madrid, a la cuota cero podrán acogerse todas las personas que se den de alta por primera vez en el RETA. La duración de la tarifa dependerá del rendimiento neto obtenido por el trabajador por cuenta propia. A lo largo del primer año, no habrá que cotizar nada, ya que supone una bonificación al 100%.
Estos podrán ampliarse en un segundo año si el rendimiento neto no supera al Salario Mínimo Interprofesional (actualmente en 1.000 euros mensuales, a la espera de revalorizarse para el 2023).
Esto mismo ocurrirá en Andalucía, donde los emprendedores que se acojan a este régimen especial a partir del 1 de enero de 2023 pueden disfrutar de una tarifa plana estatal junto a la bonificación del 100% anunciada por el presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno.
Requisitos para acogerse a la cuota cero en enero
Aparte de la obligatoriedad de desarrollar la actividad laboral en las comunidades autónomas donde se disfrute de la bonificación, el principal requisito para acogerse a la Cuota Cero es ser también beneficiario de la Tarifa Reducida del Gobierno de España.
Por tanto, el primer paso será solicitar esa tarifa reducida para después acudir a la convocatoria de la Cuota Cero. Aunque aún se desconocen cuáles son los requisitos para ser beneficiario, los expertos indican que serán parecido a los de la Tarifa Plana vigentes:
- Documento acreditativo donde demuestre estar dado de alta en el RETA.
- El alta en el Impuesto de Actividades Económicas mediante la cumplimentación del modelo 037 y 037.
Pero esto no será lo único. La comunidad autónoma donde se desarrolle la actividad puede solicitar los siguientes datos:
- El DNI o NIE del autónomo.
- El informe de la vida laboral actualizado del trabajador autónomo.
- Un certificado de no tener deudas ni con la Agencia Tributaria ni con la Seguridad Social.
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