Los autónomos que durante 2023 hubieran estado cotizando por una base superior a la que le corresponde por sus rendimientos netos, es decir, por sus ingresos reales, tienen derecho a mantener esas mismas bases en 2024, como apuntan desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Esto sirve para mejorar sus prestaciones, como la incapacidad temporal (baja médica), la futura jubilación o el cese de actividad.
Así se determinó a finales del pasado año con una orden de bases de cotización que aprobó el Ministerio de la Seguridad Social. La razón es por el aumento que han sufrido dichas bases en este ejercicio económico, como queda estipulado en el sistema actual de cuotas por ingresos reales.
Sin duda, esta decisión creó gran controversia entre los agentes sociales y el exministro competente, José Luis Escrivá, en las negociaciones de dicho sistema. Y es que fueron muy pocos los que se percataron de que se habían fijado unos límites máximos de cotización, como recuerdan desde Autónomos y Emprendedores.
En la práctica, esto provoca que un trabajador por cuenta propia que esté cerca de la edad de jubilación y haya tenido un mal año de ingresos, si tuviera unos beneficios mensuales de 900 euros, no pudiera cotizar por una base superior a los 900 euros para no perjudicar su futura jubilación.
Así afecta que los autónomos mantengan bases más altas a sus ingresos reales
¿Quién se ve afectado por esta medida? Los trabajadores por cuenta propia que en 2023 hubieran elegido una base superior a la máxima que les correspondería mantenerla en 2024 para conservar todas sus prestaciones. Desde la Incapacidad Temporal, cese de actividad, maternidad o paternidad, hasta la jubilación, la viudedad o la Incapacidad Permanente.
Según el apartado 5 del artículo 16 de la nueva orden de bases de cotización, "los trabajadores autónomos que a 31 de diciembre de 2023 vinieren cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos podrán mantener durante el año 2024 dicha base de cotización".
Esto, según añade el mismo apartado, aunque "sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior a cualquiera de ellas".
Por ejemplo, un autónomo con menos de 670 euros de beneficios no podrá cotizar por una base superior a 816 euros en 2024. O un trabajador por cuenta propia con más de 1.500 euros de beneficio no podría tener una base de más de 1.700 euros al año que viene.
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Lo que se consigue así es que los trabajadores por cuenta propia que tengan una base superior a la máxima de su tramo, siempre que nunca supere la máxima de los 4.720,50 euros al mes.
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