Desde la llegada de Pedro Sánchez, el abismo entre los trabajadores por cuenta propia y aquellos que pertenecen al Régimen General de la Seguridad Social es cada vez mayor. No es una opinión o cualquier ‘dardo’ de la oposición política, son hechos respaldados por datos objetivos, que evidencian que desde que el líder del PSOE ingresara en La Moncloa ese abismo es ya de más de 60 euros.
1.396 euros mensuales cobró de pensión media un trabajador por cuenta ajena jubilado en este último mes de enero, por los 826,26 de un jubilado autónomo, tal y como exponen los últimos datos ofrecidos por la Seguridad Social. Una notable diferencia de 570 euros que pone el foco en la disparidad de cuantías entre un colectivo de trabajadores y otro.
Y que, además, caricaturiza la situación de los autónomos en España. 1,3 millones de trabajadores de este tipo ya jubilados reciben una pensión de 829,56 euros mensuales, que no alcanza los 1.000 euros del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), y con los que deben de hacer malabares económicos en la gran mayoría de los casos para hacer frente al cada vez más elevado coste de vida. El Índice de Precios al Consumo (IPC) alcanzó el 6,1% en enero. Todo ello a pesar de la reciente subida de su pensión en 2022.
El método de cotización de los autónomos, la clave
Una de las principales particularidades de los trabajadores por cuenta propia es su forma de cotizar. La inmensa mayoría de los autónomos, 1,8 millones de trabajadores según la Seguridad Social, cotizan por la base mínima, incrementado a 960,60 euros al mes en este 2022. Esto provoca que paguen menos mensualmente, pero que al final dispongan de pensiones de jubilación más bajas.
Hay que tener en cuenta, además, que para cobrar la pensión íntegra el autónomo debe tener 65 años y 37 y seis meses cotizados como mínimo, ya que cuantos más años cotizados, más porcentaje otorgado de la base reguladora. Así, con quince años se tiene derecho a la pensión mínima o al 50% de la base reguladora. De ahí en adelante, por cada uno de los siguientes 106 meses se suma un 0,21% de la base reguladora. Cuando se alcancen los 146 meses siguientes, otro 0,19% extra.
¿Cómo pueden los autónomos aumentar la pensión de jubilación?
Sin embargo, para aumentar las cuantías de su prestación, la Seguridad Social permite aumentar las bases de cotización hasta cuatro veces anuales, con el 1 de enero, el 1 de abril, el 1 de julio y el 1 de octubre como fechas de entrada en vigor. Aunque también existen otros métodos.
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Jubilación demorada. A partir de 2022, los autónomos podrán elegir entre un 4% de la base reguladora el pago único (con un tope de 10.000 euros) del tiempo que hayan cotizado siendo ya jubilados.
- Jubilación flexible. Contabilizar el cobro de una parte de la pensión (el 50% como máximo) y continuar trabajando, pero solo con una reducción de la jornada de entre el 50% y el 75%. Tanto para autónomos como para los afiliados al Régimen General. Es decir, el importe de la pensión cobrada será inversamente proporcional a la reducción de jornada.
- Convenio especial con la Seguridad Social. Una opción para los que no pueden cotizar, como aquellos que han perdido la prestación o han cotizado por debajo de la base mínima establecida, y quieran crear o ampliar las cotizaciones previas. Hay que tener cotizado 1.080 días durante los 12 años antes de solicitar como mínimo.
- Integración de lagunas. Permite compensar ciertos periodos sin cotización en el momento del cálculo de la pensión para aquellos que no algún tramo cotizado de su vida laboral o están por debajo de la base mínima.
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