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¿Puede mi perro bañarse en la piscina de la comunidad de vecinos? Así responde la ley

Por lo general, la normativa no permite que los perros se bañen en las piscinas de la comunidad. Habrá que consultar la normativa autonómica y local en cada caso.

Perro en una piscina
Perro en una piscina |Envato
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:
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Cada vez más las mascotas son tratadas como un miembro más de familia, y no es raro ver como alguien deja su herencia a su perro, o le compra ropa a la última moda. Este cuidado por los animales también es extensible al verano, en el que los dueños de perros no quieren que sus compañeros peludos pasen calor y se les ocurre que les acompañen a darse un baño en la piscina. Pero ¿pueden bañarse los perros u otros animales en la piscina de la comunidad de vecinos? 

Aunque la piscina de la comunidad suele estar regulada por las normas de la comunidad de propietarios, que pueden llegar a prohibir el uso a ciertos vecinos si no cumplen con las reglas básicas, hay que tener en cuenta que la potestad de esta no es infinita. 

Esto quiere decir que las comunidades de vecinos sí pueden fijar sus propias normas para el uso de las zonas comunes, pero, no podrán determinar ninguna de ellas que sea contraria a la ley, algo que afecta directamente al baño de animales en la piscina comunitaria. 

¿Pueden los perros bañarse en la piscina de la comunidad de vecinos?

La respuesta a si los perros pueden bañarse en la piscina de la comunidad de vecinos es que depende, pero como norma general no será posible, y es que esto irá en función de la normativa en materia sanitaria y la aplicable a las piscinas de uso colectivo como es la de una comunidad de propietarios, según informan desde el Colegio de Administradores y Fincas de Madrid (CAF Madrid).

De este modo, las comunidades de vecinos podrán prohibir o autorizar el baño de mascotas en las piscinas de la comunidad en función de lo que establezca la normativa autonómica y local al respecto, pero lo habitual es que se prohíba la presencia de animales en estas piscinas. 

Por ejemplo, en el caso de la Comunidad de Madrid, está prohibido de forma expresa en el Decreto 99/2024, de 30 de octubre, excepto en el caso de los perros de asistencia de personas con discapacidad. 

Como se ha dicho además, la comunidad de vecinos no podrá autorizar el uso a estas mascotas si contraviene lo establecido en la normativa, y en el caso de hacerlo se enfrentaría a su correspondiente sanción.