La lucha de la Dirección General de Tráfico (DGT) por impulsar un parque automovilístico español donde primen los vehículos eléctricos o poco contaminantes sigue imparable. Ahora, ha lanzado un nuevo aviso a todos los conductores con coches que tengan la etiqueta medioambiental B y C. ¿Dejarán estos de circular próximamente? ¿Cuál es la fecha estimada?
Esto no solo se ciñe a España, sino que desde hace años hay varias normativas europeas que imponen en varias ciudades tener áreas metropolitanas calificadas como Zonas de Bajas Emisiones, como ocurre en Madrid, Sevilla, Valencia o Barcelona.
En un primer momento, estas restricciones de acceso a los centros de las ciudades se aplicaron a los coches más antiguos y que más gases contaminantes expulsaban a la atmósfera, generando también serios problemas de salud para muchos peatones. Como se vislumbra en un plazo no muy lejano, alcanzará a los vehículos con distinciones B y C.
¿Cuándo dejarán de circular los vehículos con etiquetas medioambientales B y C?
Para dar la fecha o el momento más exacto de cuándo deberán dejar de circular estos coches o motocicletas, entre otros, con etiquetas B y C hay que comprobar qué es lo que recoge la normativa europea acerca de Zonas de Bajas Emisiones. Esta deja fuera a las poblaciones con más de 50.000 habitantes a poner límites.
A partir del 1 de enero de 2024, en Madrid ya no se puede circular cuando se tengan estas etiquetas, no solo las ZBE, cuando no estén empadronados en la Capital. Desde el 1 de enero de 2025, no habrá ningún coche sin etiqueta que pueda circular por las calles madrileñas sin importar donde está empadronado el dueño.
¿Cuáles son las multas de la DGT por no llevar la etiqueta medioambiental?
No disponer de dicho distintivo puede desembocar en multas, puesto que el vehículo que no la muestra o no la ha obtenido tiene la consideración de contaminante para la DGT. Como cualquier infracción de tráfico, conlleva una serie de sanciones económicas.
De forma general, acceder a Zonas de Bajas Emisiones sin la etiqueta es sancionado con multas de hasta 200 euros. Por ejemplo, en Madrid se reduce a 100 si el pago se abona pronto. También ese importe queda reducido en Valencia, Sevilla o Gijón.
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