
Todo conductor en algún momento de su vida ha sido parado en un control policial, ya sea de la Policía Nacional, Local o Guardia Civil de Tráfico. Los controles sirven como método de seguridad vial en vías urbanas e interurbanas y además, para reducir la delincuencia. Estos operativos son habituales en momentos de desplazamientos masivos, como puede ser un puente o durante los periodos donde la afluencia de tráfico es mayor como las Navidades.
A pesar de su importancia, estos controles pueden generar incomodidad o incertidumbre para algunos conductores, especialmente si no están familiarizados con el protocolo de actuación policial o si creen haber cometido alguna infracción. Una situación común es que los agentes pregunten al conductor: “¿Sabe por qué le hemos parado?”, lo que puede ser una trampa si la respuesta implica una admisión de culpa.
Nunca responder afirmativamente
Responder afirmativamente a preguntas como la mencionada, incluso si se trata de una falta menor, puede ser perjudicial para el conductor. Confesiones como “iba un poco rápido” o “no puse el intermitente” pueden ser utilizadas por los agentes como prueba para sancionar.
En este sentido, los expertos en derecho recomiendan no responder directamente. Optar por respuestas neutrales como “no estoy seguro, ¿puede explicármelo?”, permite que los agentes expliquen la situación sin que el conductor se incrimine.
Cómo actuar ante un control policial
Durante un control policial, ya sea de Guardia Civil, Policía Nacional o cualquier otro organismo de las Fuerzas y Cuerpo de seguridad del Estado, lo importante es estar tranquilo y actuar con respeto y sin levantar la voz, ya que los agentes están haciendo su trabajo y velando por la seguridad de los ciudadanos. Además, hay que cumplir con las solicitudes de los agentes, como presentar la documentación obligatoria (permiso de conducir, seguro del vehículo y documentación del coche), que es fundamental para que el proceso se desarrolle sin complicaciones.
Además de cumplir con las normativas, los conductores deben estar informados sobre sus derechos en un control policial. En este sentido, no es necesario proporcionar explicaciones detalladas sobre la conducta en carretera ni realizar declaraciones que puedan perjudicar su posición legal, es decir, autoincriminarse, tal y como regula el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. De esta forma podemos conocer el motivo de la detención en un control sin que tengamos que asumir ninguna culpa.
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