La Guardia Civil puede multarte con 30.000 euros si llevas esta tarjeta en la cartera

La Guardia Civil alerta que portar este tipo de tarjeta destinada a utilizarse en determinadas situaciones y que se está volviendo popular, va contra la ley.

Agente de la Guardia Civil trabajando
La Guardia Civil puede multar con 30.000 euros si se lleva esta tarjeta en la cartera
Javier Martín

La Guardia Civil vuelve a emitir un aviso a la ciudadanía a través de sus canales de comunicación habituales. Esta vez ha sido uno de los más novedosos, su canal oficial de TikTok, mediante los que pretende notificar de la ilegalidad de un producto que parece una tarjeta y cuya popularidad está al alza en el mercado. Sin embargo, no se encuentran permitidos, por lo que llevarlo encima puede significar tener que acabar haciendo frente a una sanción.

Una multa que, por otro lado, no será precisamente barata. “¿Tienes una de estas tarjetas en la cartera? Que sepas que llevarla te puede suponer 30.000 euros de multa”, comienza anunciando el vídeo emitido la Benemérita. La ‘tarjeta’ (con comillas porque acaba por no ser un plástico habitual como los utilizados para el pago) en cuestión es un instrumento potencialmente lesivo encubierto.

@guardiacivil Si vas a salir esta noche, deja estas “tarjetas” en casa #armas #prohibidas #guardiacivil ♬ sonido original - Manuel Rodríguez

Tal y como explica un propio agente de la Guardia Civil en la publicación de la conocida red social, se trata, inicialmente, de un rectángulo de plástico duro similar en cuanto a tamaño y grosor a una tarjeta pero que acaba por transformarse en una navaja. Una herramienta ideada y comercializada de forma online como instrumento de defensa pero que, obviamente, también puede utilizarse para otros fines delictivos, como apuntan las autoridades.

Qué armas están prohibidas

El artículo 4 del Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, BOE 55/1993) establece que se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:

  • Armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la oportuna autorización de modelo o prototipo.
  • Armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.
  • Pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín.
  • Armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
  • Armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.
  • Bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.
  • Armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.
  • Defensas de alambre o plomo, los rompecabezas, las llaves de pugilato, con o sin púas, los tiragomas y cerbatanas perfeccionados, los munchacos y xiriquetes; así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas.

La tarjeta-navaja: una ocultación de arma blanca

“Si vas a salir esta noche, deja estas ‘tarjetas’ en casa. Están prohibidas”, finaliza la Guardia Civil en la descripción que va adjunta al vídeo. El reglamento de armas nacional indica que se podrán tener armas de hasta once centímetros y con cierto tipo de filos. Sin embargo, la ley de protección ciudadana prohíbe portar armas en la vía pública. Además, la prohibición específica sobre este objeto en cuestión radica en se trata de una ocultación de arma. Un arma que acaba ocultando su función.

Tarjeta-navaja

Estos suelen tratarse de objetos, generalmente de apariencia inofensiva y uso habitual, pero que se acaban transformando u ocultando armas potencial ofensivas y dañinas para la integridad física del resto de ciudadanos. ¿Y si es para defenderse y no hacer daño? Preguntaba un usuario en los comentarios de la publicación, abriendo el debate. En ese caso, entra la interpretación del agente, el historial de la persona y otros aspectos como el historial siempre que fuera un objeto permitido como una navaja que no estuviera oculta.

No es la primera vez que ocurre algo así. En 2017, los agentes de la Guardia Civil ya intervinieron un objeto similar durante las fiestas patronales de Santo Domingo de la Calzada. Más recientemente, también ocurrió en la comandancia de Barcelona, en Sant Andreu de la Barca. Peines con navajas, pintalabios con filo o cinturones con objetos punzantes, e incluso linternas o anillos, son otros objetos similares que se venden como armas ocultas a gran escala y a precios muy bajos.

 

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