La DGT advierte que conducir con una de estas enfermedades puede conllevar multas de hasta 6.000 euros

La normativa es clara en este sentido y padecer alguna de estas enfermedades estará prohibido conducir salvo que se cuente con un informe médico que lo avale.

Guardia Civil de Tráfico
La DGT recuerda que diversas enfermedades prohíben conducir
Francisco Miralles

Con motivo de la nueva reforma de la Ley de Tráfico, llegan una serie de cambios de gran interés y que afectan a muchos conductores. La Dirección General de Tráfico (DGT) exige que para conducir es necesario tener un estado de salud óptimo. Por esta razón, el organismo dependiente de España ha publicado un listado de enfermedades por así que prohíbe conducir.

La DGT ha comunicado a través de las redes sociales enfermedades que más influyen en la conducción y por las que no recomiendan que se haga uso del vehículo. En este punto la advierten que conducir con una de las siguientes enfermedades puede conllevar multas de hasta 6.000 euros.

El motivo es, que hay enfermedades que pueden alterar el estado físico y psíquico del conductor, lo que afecta directamente a la conducción. El código circulación prohíbe a aquellas personas que las padezcan una de estas enfermedades, ponerse al volante. Exactamente, no es que sea una enfermedad la que lo prohíba, sino que más bien es, que esas enfermedades pueden influir en la capacidad de la persona para conducir y alterar el normal funcionamiento de la vía pública.

Las multas de la DGT

Al igual que los conductores pasan un examen de salud para demostrar que reúna las condiciones óptimas para conducir, ya sea cuando se saca el carné por primera vez o en el momento de renovarlo, estas deben de mantenerse. El padecer una enfermedad supone que el conductor, ya no reúnes esas condiciones, por lo que no podría conducir.

La Dirección General de Tráfico advierte que conducir con algunas de las enfermedades puede suponer multas de hasta 6.000 euros. Estas sanciones quedará en 200 euros para aquellas personas que habían obtenido el carné anteriormente, pero no lo renovaron debido a alguna de estas afecciones.

Enfermedades por las que la DGT prohíbe conducir

La Dirección General de Tráfico ha publicado en sus redes sociales una lista de enfermedades y patologías por las que no se puede conducir vehículos. Este listado se va actualizando de forma periódica y la objetivo de prohibir la conducción es con los objetivos de reducir los accidentes de tráfico, comprometiendo la integridad del propio conductor y la de los demás. Así, estas son las enfermedades que prohíbe conducir la DGT:

Psiquiátricas

  • Delirium, Demencias y Trastornos de ansiedad.
  • Trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad.
  • Ansiedad y Depresión.
  • Trastorno del sueño.
  • Trastorno obsesivo compulsivo.
  • Trastorno del desarrollo intelectual.
  • TDH.
  • Abuso y dependencia del alcohol.
  • Abuso y dependencia de drogas.

Oncológicas

  • Dolencias oncológicas.
  • Trastornos oncohematológicos.

Digestivas

  • Trasplante renal.
  • Nefropatía con diálisis.

Vasculares

  • Aneurisma de grandes vasos.
  • Disección.

Crónicas y degenerativas

  • Alzheimer
  • Esclerosis lateral amiotrófica
  • Enfermedad pulmonar obstructiva crónica
  • Temblor esencial
  • Esclerosis múltiple
  • Distrofia muscular
  • Osteoporosis
  • Párkinson
  • Artritis reumatoide

Endocrinas

  • Hipotiroidismo y paratiroides.
  • Diabetes mellitus insulinodependiente.

Cardiacas

  • Arritmias.
  • Infarto agudo de miocardio.
  • Portadores de prótesis valvulares.
  • Portadores de marcapasos.
  • Portadores de desfibrilador automático.

Respiratorias

  • Apneas de sueño.
  • Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve.

Neurológicas

  • Accidente isquémico transitorio.
  • Crisis o pérdida de conciencia.
  • Epilepsia.

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