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Adiós a llevar estos objetos en el coche: la DGT ya está poniendo multas superiores a 30.000 euros

A su vez, la Dirección General de Tráfico puede exigir tener otros utensilios en el vehículo.


Agentes de tráfico de la DGT multando
Agentes de tráfico de la DGT multando |Europa Press
Antonio Montoya
Fecha de actualización:

Los conductores españoles tendrán que ponerse las pilas en materia de seguridad vial y conocer lo que está permitido y lo que no en carretera. Lo último que están controlando los agentes de tráfico de la Dirección General de Tráfico (DGT) en las autovías y autopistas son los objetos que llevan los conductores en sus vehículos mientras van conduciendo. Algunos como las armas de fuego son totalmente ilegales, pudiendo acarrear multas de hasta 30.000 euros si están dentro del coche durante la conducción.

Normalmente, la Dirección General de Tráfico dirige sus esfuerzos en los registros de carretera a la búsqueda de drogas o sustancias ilegales, las cuales tampoco se pueden portar durante la conducción, aunque a veces pueden encontrar otros utensilios que tampoco están permitidos. Además de las drogas o las armas de fuego, las herramientas de caza, las cámaras ocultas o los dispositivos para interceptar comunicaciones también están prohibidos en el vehículo.

Qué objetos están prohibidos en el vehículo

Además de comprobar que la documentación del conductor está en regla o poder hacerle la prueba de alcoholemia para comprobar que está en condiciones de continuar la conducción, los agentes de tráfico de la DGT también pueden realizar inspecciones rutinarias en el interior de los vehículos. Si el conductor porta algún objeto o utensilio no permitido, se considera que también pone en riesgo la Seguridad Vial o del resto de conductores y por ello puede sancionarlo. Estos son los principales objetos ilegales que no se pueden llevar en el coche:

  • Armas de fuego u objetos peligrosos sin autorización: Puede ser considerada una infracción grave, con sanciones económicas que llegan hasta los 30.000 euros o más e, incluso, penas de cárcel cuando existe un riesgo extremo para la seguridad de las personas.
  • Herramientas de caza no legalizadas.
  • Cámaras de vigilancia no autorizadas.
  • Dispositivos para interceptar comunicaciones.
  • Gafas térmicas, usadas para vigilar a animales o personas a larga distancia.
  • Linternas modificadas con luz de alta intensidad. Su uso está restringido porque podrían deslumbrar a otros conductores.

Por otra parte, existen otra serie de elementos que sí debemos llevar siempre en el coche, ya que la ley los exige para garantizar nuestra seguridad en carretera o la de los demás.

Qué debemos llevar en el vehículo siempre

Además de contar con la documentación necesaria para circular legalmente, todo automóvil debe llevar ciertos elementos esenciales para garantizar la seguridad en carretera:

  • Triángulos de emergencia: Son dispositivos de señalización obligatorios para advertir a otros conductores en caso de avería o incidente en la vía. Su función es mejorar la visibilidad y prevenir accidentes. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2026, serán sustituidos por la luz de emergencia V16, que se colocará en la parte superior del vehículo.
  • Chaleco reflectante: Es un requisito indispensable para los conductores, ya que permite aumentar su visibilidad en caso de detenerse en la calzada o el arcén de carreteras interurbanas. No llevarlo puede suponer una multa de hasta 200 euros, reforzando la importancia de su uso en situaciones de emergencia, como un cambio de neumático.

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