Tras agotar la prestación contributiva del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se podrá acceder a los subsidios ordinarios por desempleo. Estos están destinados a personas que siguen sin encontrar empleo y se encuentren en una situación de vulnerabilidad al carecer de ingresos.
A la hora de solicitar esta protección contra el desempleo son muchas las personas que ven como, desde el SEPE deniegan la solicitud de la prestación. En este sentido, el Servicio Público de Empleo a través del Ministerio de Trabajo y Economía Social aclaran que, aún tratando una ayuda que puede solicitarse después del paro no todo el mundo puede tener acceso a ella.
Por este motivo desde la web del SEPE han lanzado un aviso para informar a todos los desempleados cuándo pueden solicitar estas ayudas para desempleo que han agotado la prestación contributiva. Los subsidios por desempleo son ayudas de 451 euros al mes que el Servicio Público de Empleo Estatal concede a personas en condición de parados de larga duración. Su duración dependerá de la ayuda solicitada y de la condiciones que cumpla el desempleado.
Requisito para un subsidio por desempleo
Para poder acceder a los subsidios por desempleo o ayudas extraordinarias del SEPE se deberá de cumplir estrictamente con la condición de ingresos. En otras palabras, los solicitantes no pueden superar unos topes de ingresos mensuales.
La cantidad que no se debe exceder será igual al 75 % de Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es decir, no tener rentas superiores a 723,75 euros al mes. Recientemente, el Gobierno de España aprobó una subida del SMI situándose en los 965 euros al mes.
Es por ellos que solamente podrán acceder a un subsidio por desempleo aquellas personas que cuenten con una verdadera vulnerabilidad económica.
Por ejemplo, un trabajador que tras agotar el paro solicite un subsidio (subsidio para mayores de 52 años) pero cuenta con ingresos mensuales superiores a 723,75 euros al mes no podrá pedirla y cobrar la ayuda.
Además, hay que recordar que se deben de cumplir con otros requisitos como: estar inscrito como demandante de empleo, haber cumplido con el mes de carencia antes de presentar la solicitud o esta al corriente de sellar el paro.
¿Se tienen en cuenta los ingresos de la unidad familiar a la hora de pedir un subsidio?
En el caso de tener cónyuge y/o hijos o hijas menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores en acogida el SEPE entenderá que se cumple con el requisito de carencia en el siguiente caso. Se deberá de sumar todos los ingresos todos los integrantes de la unidad familiar y dividirlo por los miembros de la unidad familiar.
Por ejemplo, una unidad familiar compuesta por 5 miembros (dos adultos y tres menores) que sumando todas las rentas consiguen unos ingresos de 1.542 euros mensuales y unos de los adultos, desempleado, decide solicitar uno de los subsidios del SEPE.
En este caso tendría derechos a pedirlo, ya que sumandos los ingresos y dividiendo entre los miembros daría un resultado de 308,40, muy por debajo de los 723,75 euros al mes que exige el Servicio Público de Empleo Estatal.
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