Cuando una persona está cobrando una pensión de viudedad del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es posible que pueda llegar a perder el cobro de la misma. Pero, ¿cómo es posible? La administración pública tiene fijados un total de 5 motivos por los que un beneficiario de la prestación contributiva podría perder el derecho a seguir recibiéndola como venía haciendo hasta el momento en el que se determina la eliminación del cobro.
Hay que recordar que para poder tener acceso a esta prestación de viudedad se puede cobrar siempre y cuando se cumplan y respeten los 9 requisitos exigidos por la propia Seguridad Social. Pero, ¿qué pasa si no se cumple alguno? En este caso la respuesta es sencilla, el INSS no concederá esta ayuda al solicitante, por lo que ni siquiera podrá empezar a cobrarla, lo que hace que se deba de prestar una atención importante a las condiciones.
Pero en este caso, la gran duda que aquí se especifica es para aquellas personas que ya estén recibiendo esta prestación contributiva. Por este motivo a continuación se va a indicar una lista donde se especificarán las cinco causas que ocasionarán, de forma segura, la pérdida de la pensión y, por lo tanto, dejar de cobrarla en el momento que lo determine el Instituto Nacional de la Seguridad Social y lo notifique así al beneficiario de la misma.
Estos son los 5 motivos que harían perder la pensión de viudedad
A continuación se van a detallar cuáles son las cinco causas que pueden llegar a ocasionar la pérdida del derecho a cobrar la pensión contributiva de viudedad. Éstas tienen un carácter muy variado, por lo que se recomienda prestar una atención especial para saber si se está cometiendo o no una de ellas y se es beneficiario de este tipo de cuantía económica que paga la Seguridad Social. Los motivos que se van a indicar no solo afectan al beneficiario de la prestación, sino que también afectan al causante de esta cuantía económica, quedando de la siguiente manera:
- Volver a casarse o tener una pareja de hecho.
- Por ser el culpable de la muerte del causante de la pensión.
- Si el beneficiario fallece.
- Si se comprueba que el causante de la pensión no ha fallecido.
- Por cometer un delito de lesiones contra el causante de la pensión.
Hay que recordar que no es necesario que se cumplan todas estas causas para que se deje de recibir esta prestación. Sino que tan solo basta con que se dé una de ellas y así perder el cobro de la cuantía económica que ofrece la Seguridad Social si se dan los requisitos mínimos.
Existe una serie de excepciones
Pero, como en todo, en este caso también existen una serie de excepciones para que, en el caso de cumplir con uno de los motivos, se pueda seguir recibiendo el cobro de esta prestación de viudedad. De las 5 causas, solo es posible que se siga recibiendo este dinero por parte de la Seguridad Social en el caso de que un beneficiario se case o tenga una pareja de hecho, pero únicamente cuando se dé uno de estos hechos.
- Si tiene más de 61 años.
- Si tiene menos de 61 años pero es reconocido con una pensión por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
- La pensión de viudedad debe de ser la principal fuente de ingresos del beneficiario.
- No superar el importe de dos veces el Salario Mínimo Interprofesional, es decir, entre las dos personas no pueden cobrar más de 2.000 euros al mes.
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