Más de dos tercios de las solicitudes del Ingreso Mínimo Vital o IMV son denegadas. Según datos aportados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), los principales problemas son superar el límites de rentas y/o patrimonio, así como presentar la solicitudes por duplicado o simplemente no rellenar correctamente el formulario.
De acuerdo con los datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con José Luis Escrivá al frente, solo 300.000 hogares en vulnerabilidad económica han percibido esta prestación de las más de 735.000 solicitudes enviadas a la Seguridad Social hasta junio de este mismo año de 2021.
Para poder atender al mayor número de solicitudes y solventar problemas al respecto, la Seguridad Social informa de, que en caso de que se haya denegado el IMV, se puede presentar una reclamación previa, identificándose en cualquier caso y exponiendo las causas de la reclamación a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en el buzón del INSS.
¿Cómo presentar una reclamación previa del Ingreso Mínimo Vital?
Para presentar una reclamación por la denegación del Ingreso Mínimo Vital, se deberá de esperar a recibir la resolución con el motivo por el cual no se ha aprobado la renta básica.
Una vez recibida esta carta, el interesado tiene un plazo de 30 días para presentar una reclamación a la Seguridad Social, exponiendo los motivos por los cuales no está conforme.
Esta reclamación administrativa previa se debe realizar siempre por escrito, atendiendo al artículo 71 de la ley reguladora de la jurisdicción social, y presentarse en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en el buzón del INSS.
También se podrá presentar de forma presencial en las oficinas de la Seguridad Social más cercanas o mediante el envío desde una oficina de Correos de un correo administrativo.
A este respecto, no existe un modelo de escrito específico, pero tal y como se refleja en la normativa mencionada anteriormente, el escrito de reclamación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) deberá contener los siguientes datos obligatorios:
- Datos personales: en los que como mínimo figure nombre y apellidos del solicitante del IMV, así como el número de identificación personal o DNI, domicilio, número de teléfono y correo electrónico.
- El hecho que causa la reclamación, es decir, la denegación del Ingreso Mínimo Vital y las correspondientes alegaciones.
- Indicar la provincia de trámite correspondiente a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social a la que se dirija la documentación.
- Mencionar la fecha y lugar en el que se presenta el documento escrito.
- Recomendaciones: El INSS recuerda que se remita toda la documentación relativa a la solicitud en un único envío y preferiblemente en formato pdf, para facilitar el trámite de su solicitud. Asimismo, el tamaño total de la documentación a anexar no deberá superar los 10 Mb.
¿Cuánto tarda en responder la Seguridad Social a reclamación del IMV?
El Instituto Nacional de la Seguridad Social deberá contestar expresamente a la reclamación previa interpuesta en el plazo de cuarenta y cinco días. En caso contrario, se entenderá que la reclamación ha sido denegada por silencio administrativo.
En el caso de que tras un silencio administrativo el solicitante no estuviera conforme, siempre podrá interponer una denuncia vía civil en los juzgado de los Social.
¿Cuáles son los límites de ingresos para pedir el ingreso mínimo vital?
En función del tipo de unidad familiar del que se forme parte, estos límites serán mayores o menores, y aparecen recogidos en la siguiente tabla para el año 2022.
En cualquier caso, habrá que tener en cuenta de que la Seguridad Social considera patrimonio la suma de las cuentas bancarias, depósitos (como planes de pensiones y ahorros), seguros, deudas y viviendas, pero sin contar la vivienda habitual.
Unidades de Convivencia
|
Límite patrimonio para 2021 en euros
|
Un adulto solo |
16.917,60 |
Un adulto y un menor |
23.684,64 |
Un adulto y dos menores |
30.451,68 |
Un adulto y tres o más menores |
37.218,72 |
Dos adultos |
23.684,64 |
Dos adultos y un menor |
30.451,68 |
Dos adultos y dos menores |
37.218,72 |
Dos adultos y tres o más menores |
43.985,76 |
Tres adultos |
30.451,68 |
Tres adultos y un menor |
37.218,72 |
Tres adultos y dos o más menores |
43.985,76 |
Cuatro adultos |
37.218,72 |
Cuatro adultos y un menor |
43.985,76 |
Superiores |
43.985,76 |
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