Es posible que en muchas ocasiones, un desempleado agote la prestación por desempleo que está recibiendo por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y no haya encontrado ningún trabajo. En ese momento uno se pregunta si aún puede solicitar una nueva ayuda o no, algo que ocurre, en este caso, con la conocida como “ayuda familiar” del propio SEPE.
Esta ayuda familiar está destinada a todos aquellos desempleados que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro) y tengan cargas familiares. Siendo, éstos, dos requisitos imprescindibles que deben cumplirse para poder cobrar el subsidio no desempleo de 463,20 euros al mes que la administración de empleo entrega a las familias que siguen sin encontrar un empleo tras terminar de cobrar el paro.
Ante la duda sobre qué prestación se puede solicitar al SEPE una vez se deja de cobrar la ayuda familiar hay que tener en cuenta un favor diferencial que será el que determine cuál es el subsidio que se puede recibir. Éste es el de la edad del desempleado, algo que, en esta ocasión, se tacha de “vital” para conocer cuál es el futuro inmediato de la ayuda a la que tiene derecho y, por lo tanto, existe opción de que la administración se la conceda.
Esta es la ayuda que tiene disponible el desempleado
Antes siquiera de indicar cuál puede ser la prestación a la que se tiene derecho si se ha agotado la ayuda familiar y el desempleado sigue sin encontrar trabajo hay que indicar que se pueden tratar de dos, una si tiene menos de 45 años y otra si tiene más de esa edad. Pero no es lo único que debe saberse, sino que estos dos subsidios tienen cosas en común, estas son las siguientes:
- Tienen una cuantía de 463,20 euros al mes.
- No se pueden tener ingresos de más del 75 % del SMI.
Si el desempleado tiene menos de 45 años
En el caso de que el desempleado haya agotado la ayuda familiar que le correspondía y tuviese menos de 45 años solo hay una prestación a la que tiene derecho inmediatamente después de esta. Se trata de la Renta Activa Activa de Inserción, más conocida como la RAI, y que también entrega el propio SEPE.
Es un subsidio extraordinario, por lo que solo se podrá cobra una vez y, una vez se agote, no se puede volver a solicitar pese a que se vuelvan a reunir la condiciones necesarias. Esta prestación tiene una duración máxima de 33 meses, aunque es necesario renovarlo cada 11 meses para que no se pierda el derecho a cobrarla.
Si el desempleado tiene más de 45 años
Por otro lado se encuentran aquellos desempleado que tienen más de 45 años. Tanto es así que, en el caso de agote la ayuda familiar tiene disponible el subsidio por desempleo destinado a los demandantes de empleo que tengan 52 años o más, pero siempre menos de la edad de jubilación.
En este caso es necesario tener claro varias cosas, la primera es que se deben tener cumplidos los 52 años de edad para poder pedirla. Y esta no es la única, sino que, además, también hay que presentar la Declaración anual de Rentas ante el SEPE todos los años para que éste certifique que se siguen cumpliendo los requisitos de ingresos mensuales y, por lo tanto, seguir pagando los 463,20 euros de esta prestación por desempleo.
También es importante tener en cuenta que ésta es la única ayuda no contributiva que cotiza a la Seguridad Social. Aunque para poder tener acceso a este subsidio es necesario haber cotizado previamente 15 años al propio Instituto Nacional de la Seguridad Social.
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