Es posible que haya casos de pensionistas que, durante estos días de enero de 2022, no hayan cobrado la paguilla de las pensiones debido a uno u otro motivo. Si esto ocurre hay que seguir una serie de pasos para poder reclamar dicho pago la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y con ello tratar de que la administración pública ingrese este dinero extra en la que es la última paguilla de la historia tras la reforma de José Luis Escrivá.
Eso sí, antes de enviar una reclamación a la Seguridad Social por no haber recibido el dinero de la paga extra de las pensiones hay que saber si se tiene o no derecho a la misma. Esto puede saberse de una manera muy sencilla, y es si tiene o no una pensión prorrateada, es decir, si recibe 12 o 14 pagas al año. Aunque para que quede aún más claro se puede consultar quién no puede reclamar el pago mediante la lectura del artículo sobre los pensionistas que no tienen derecho a cobrar la paguilla de las pensiones.
En el caso de que sí se tenga derecho a recibir este dinero extraordinario y la Seguridad Social no la haya pagado todavía es posible que lo haga durante los próximos días. Ya que también puede ocurrir que, de momento, el banco del que se es cliente no haya efectuado el pago de la cuantía extra, pudiendo llegar a recibir el dinero entre hoy, 24 de enero y mañana día 25. Para ello se puede consultar los bancos que adelantan y atrasan el pago de la paguilla de las pensiones.
¿Por qué es posible que no haya cobrado la paguilla de las pensiones?
Es posible que un pensionista no haya cobrado la paguilla de las pensiones que le puede pertenecer durante este mes de enero, siendo la última de la historia tras la reforma aprobada por el Gobierno de España. Esto puede ocurrir debido a una serie de motivos que afectan de manera directa al beneficiario de la prestación, tenga un carácter contributivo o no contributivo.
Más allá de los dos casos mencionados anteriormente, como son aquellos que cobran una pensión prorrateada en 12 pagas al año y, por lo tanto, no tienen derecho a ninguna paga extra. Y, además, los beneficiarios a los que los bancos aún no hayan ingresado la paguilla y que lo harán durante el día de hoy, 24 de enero, y mañana día 25, hay otra causa que puede llegar a ocasionar esta situación.
También es posible que esta persona cuente con un cobro indebido del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que no haya devuelto. Esto es, que haya recibido un dinero que realmente no le pertenece y que no haya devuelto la cuantía cobrada a la propia Seguridad Social, con lo que la administración se “cobra” embargando la paguilla extra de las pensiones.
Pasos para reclamar el cobro de la paguilla a la Seguridad Social
Pero, ¿qué ocurre si un pensionista no ha cobrado la paguilla y no se encuentra en ninguna de las anteriores situaciones? En este punto hay que seguir una serie de sencillos pasos para poder reclamar el dinero de la paguilla a la Tesorería General de la Seguridad Social. Un trámite que se puede hacer de manera on-line a través de la sede electrónica y que solo se llevará unos pocos minutos, pudiendo hacerlo desde cualquier dispositivo con conexión a internet.
Lo primero que hay que hacer es entrar dentro de la sede electrónica de la Seguridad Social y, ahí, dirigirse a un apartado especial que se encuentra bajo el título ‘sugerencias y quejas’ donde, para entrar, hay que identificarse. Para ello se pueden usar diferentes medios, como son el certificado electrónico, cl@ve o con usuario y contraseña.
En ese punto hay que completar un pequeño formulario que ofrece la Seguridad Social a aquellos pensionistas que quieran reclamar el no cobro de su prestación. Éste deberá rellenarse con todos los datos que se exijan por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social entre los que destacan los datos personales y, como no, las ‘causas de la devolución’. Apartado en el que hay que explicar por qué la Seguridad Social debe pagar el cobro no recibido al pensionista.
Al presentar esta reclamación, la Seguridad Social tiene un total de 3 días hábiles para enviar una respuesta a la petición de la persona que exigió el cobro de la paguilla. Aunque, en el caso de gestionar este trámite por internet, suele contestar el mismo día en el que se pide el cobro no recibido.
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