Solo queda un día para solicitar el bono joven del alquiler en Cataluña. Este miércoles, 8 de junio, se podrá pedir a través de la Generalitat, convirtiéndose en la segunda comunidad española que abre convocatoria de esta ayuda para facilitar el acceso a la vivienda a los jóvenes (desde principios de junio se puede pedir también en la Comunidad Valenciana). Un acceso que, no obstante, el Gobierno catalán ve limitado: con los fondos recibidos, unos 467 millones de euros (el 14,50% del total), solo podrán ayudar a 10.000 personas de este colectivo.
Esta ayuda, una de las medidas estrella del Gobierno de Pedro Sánchez, no está exenta de polémica. Desde la Generalitat han avisado de que, a la hora de concederla, no tendrán en cuenta los ingresos de los solicitantes ni tampoco el coste del alquiler. Mientras se cumplan los requisitos, el bono joven se concederá por orden de solicitud hasta que se acaben los fondos. Esto, en la práctica, hará que los medios informáticos se colapsen. Por ese motivo, desde el organismo, según han explicado, han reforzado los servidores.
Cómo solicitar el bono joven para el alquiler
El bono joven para el alquiler estará disponible para su solicitud este miércoles 8 de junio. En concreto, el trámite se habilitará a las 9.00 horas y estará disponible hasta el 17 de junio, cerrándose el plazo a las 17 horas. Para pedirlo hay que acceder a la página web de Habitatge de la Generalitat, a la que se puede acceder a través de este enlace. En la misma plataforma se resuelven todas las dudas, así como se informa de los documentos necesarios para completar el trámite. Son los siguientes:
- Documentos Identidad: DNI, Certificado de registro de ciudadanos de la UE vigente, NIE y tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o Certificado de convivencia.
- Justificante de ingresos de la persona solicitante y cada uno de los miembros de la unidad de convivencia en edad laboral. Según se indica en las bases de la convocatoria, se requerirá la Declaración del impuesto de la renta de las personas físicas (2020), el Certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (2020), el Certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (2021) o el contrato de trabajo con todas las nóminas recibidas hasta la fecha de presentación de la solicitud.
- Informe de vida laboral emitido por la TGSS relativo a la persona solicitante y todas las personas en edad laboral que forman parte de la unidad de convivencia.
- Libro de familia, si procede.
- El contrato de alquiler o el contrato de cesión de uso de la vivienda o habitación a nombre de la persona solicitante.
- Todos los recibos de alquiler o del precio de la cesión correspondientes al año 2022, pagados hasta la fecha de presentación de la solicitud.
- Hoja de transferencia bancaria normalizada, o documento equivalente, a nombre de la persona solicitante, de la cuenta donde se quiere recibir la ayuda.
- Certificado de no tener deudas con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC).
El bono joven del alquiler también se puede solicitar presencialmente en las oficinas locales de vivienda o en las bolsas que forman parte de la red de mediación para el alquiler social, en la sede de la entidad titular o en la administradora de la vivienda en los casos de viviendas gestionadas por administraciones y empresas públicas.
Sobre el tiempo de resolución, la Generalitat tiene un plazo máximo de 6 meses para resolver y notificar la concesión de esta ayuda. Si pasado este tiempo no se hubiera recibido ninguna notificación, estaría desestimada por silencio administrativo. Asimismo, recordar que, de ser concedido, se recibiría todo lo acumulado desde el 1 de enero, ya que posee carácter retroactivo.
Requisitos del bono joven del alquiler
El bono joven del alquiler es una ayuda de 250 euros al mes que pueden recibir los jóvenes de entre 18 y 35 años por un máximo de dos años. Es el límite de tiempo impuesto por el Gobierno para recibirla, aunque se siguieran cumpliendo con los requisitos. Estas son las condiciones que exige el Gobierno para ser beneficiario del bono joven:
- Tener entre 18 y 35 años.
- Tener rentas inferiores a los 24.318,84 euros anuales, equivalente a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
- Contar con residencia legal en España.
- Disponer de una fuente regular de ingresos que aporte rentas anuales. Se incluyen los trabajadores por cuenta propia o ajena; personal investigador en formación; y personas perceptoras de una prestación social pública periódica. También hay que acreditar una vida laboral de al menos tres meses de antigüedad en los 6 meses inmediatamente anteriores al momento en que se solicita la ayuda. Otra opción es acreditar una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses desde su solicitud.
- No exceder los topes máximos por el alquiler de la vivienda (son distintos dependiendo de la comunidad y si corresponde a una “zona tensionada”).
Respecto a este último punto, los límites de renta que se pagan por el alquiler de la vivienda, estos son los establecidos para Cataluña:
- Ámbito metropolitano de Barcelona (Baix Llobregat, Barcelonés, Maresme, Vallès Occidental, Vallès Oriental): 900 euros por vivienda y 450 euros por habitación.
- Resto de la demarcación de Barcelona: 650 euros por vivienda y 350 euros por habitación.
- Demarcación de Girona: 650 euros por vivienda y 350 euros por habitación.
- Demarcación de Lleida: 600 euros por vivienda y 300 euros por habitación.
- Demarcación de Tarragona: 600 euros por vivienda y 300 euros por habitación.
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