Los cinco motivos por los que se puede cobrar el subsidio para mayores de 52 años

El Servicio Público de Empleo Estatal recoge las cinco situaciones por las que es posible cobrar el subsidio para mayores de 52 años.

Los cinco motivos por los que se puede cobrar el subsidio para mayores de 52 años
Los cinco motivos por los que se puede cobrar el subsidio para mayores de 52 años Europa Press
Francisco Miralles

Cuando los trabajadores desempleados agotan la prestación contributiva por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), quedan en una situación vulnerable, especialmente si tienen más de 52 años. En este sentido, el SEPE ofrece el subsidio para mayores de 52 años, el cual tiene una buenas ventajas, pero que es necesario cumplir ciertos requisitos específicos para poder acceder a él.

Aunque los subsidios ofrecidos por esta administración pública son no contributivos (que no cotizan a la Seguridad Social), el subsidio para mayores de 52 años es una ayuda especial, ya que cotiza para la pensión de jubilación de la Seguridad Social. Para ser exactos, cotiza por el 125% de la base mínima, que en 2024 son 1.653,75 euros. Además, esta ayuda se cobra hasta encontrar trabajo o hasta alcanzar la edad de jubilación que le corresponda.

Lo que si comparte con el resto de subsidios es la cuantía. Esta en el año 2024, son 480 euros mensuales, equivalente al 80% del Impuesto Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Pero, ¿qué causas pueden provocar que se pueda cobrar, además del desempleo?

¿Cuáles son los motivos para poder cobrar el subsidio para mayores de 52 años?

La página web del SEPE explica cuales son los motivos que dan acceso a cobrar la ayuda para desempleados con más de 52 años. Se trata de cinco situaciones y son las que se detallan a continuación:

  • La principal es haber agotado por completo la prestación por desempleo o, también, algún otro subsidio por desempleo que estuviera cobrando justo antes de cumplir el beneficiario los 52 años.
  • Quedarse en una situación de desempleo después de haber estado trabajando por un periodo de tiempo de entre 90 días y 359 días. Hay que recordar que el mínimo para cobrar la prestación por desempleo son 360 días, en los últimos seis años anteriores a la solicitud.
  • Haber quedado en libertad, después de haber estado en una situación de condena y privación de libertad de, al menos, seis meses y sin tener derecho al paro.
  • Demostrar que es plenamente capaz o que se le haya otorgado una pensión de incapacidad permanente parcial, tras los grados de total, absoluta o gran invalidez. De esta forma, el tribunal médico de la Seguridad Social considera que el desempleado podrá trabajar y tener la oportunidad de volver al mercado laboral.
  • Haber retornado a España después de haber trabajado, al menos, 12 meses de los últimos seis años en el extranjero y que no se tenga derecho a paro. Cuando se habla de extranjero se refiere a países que no pertenecer a la Unión Europea.

El SEPE también señala que si un trabajador desempleado cumple con estos requisitos antes de los 52 años, podrá acceder al subsidio más adelante, siempre que siga registrado como demandante de empleo de manera continua en los servicios públicos de empleo.

Requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Desde el SEPE explican que, al margen de estas situaciones, también se deberá demostrar a la hora de solicitar el subsidio otros requisitos obligatorios por todos los desempleados que tengan más de 52 años. Se recogen en los siguientes:

  • Estar en una situación legal de desempleo y haber agotado todas las prestaciones por desempleo.
  • Estar registrado como demandante de empleo o en una situación asimilada al alta.
  • Demostrar una clara carencia de rentas, con ingresos mensuales que no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, no más de 750 euros mensuales.
  • Firmar el compromiso de actividad incluido en el formulario de solicitud y demostrar una búsqueda activa de empleo.
  • Contar con al menos 15 años de cotización a la Seguridad Social, de los cuales dos deben estar dentro de los últimos 15 años al momento de solicitar el subsidio, ya que esta ayuda cotiza para la jubilación.
  • Haber cotizado seis años para la prestación por desempleo dentro de los últimos 15 años al momento de la solicitud.

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