Los trabajadores desempleados pueden acceder a un subsidio de desempleo siempre que hayan agotado su prestación por desempleo en su totalidad, es decir, cuando ya hayan cobrado todo el paro que les pertenecía. Este tipo de prestación no contributiva del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se otorga a todas las personas que se encuentren en una situación especial de vulnerabilidad, como se detallará más adelante.
Entre todas las modalidades de subsidios que recoge el Gobierno de España, el subsidio para mayores de 52 años tiene una especial importancia. Se trata de la excepción que rompe la norma y es el único que, al percibirse, el trabajador desempleado puede cotizar al régimen contributivo de la Seguridad Social para la pensión de jubilación. Como norma general, el 125% de la base de cotización.
Todas las personas mayores de 52 años y que se encuentren en una situación peculiar económica, podrán acceder a esta ayuda no contributiva del SEPE hasta que alcancen la edad legal de jubilación. Actualmente, es de 66 años y dos meses, si no han llegado a cotizar los 37 años y seis meses exigidos. Aunque, como norma general, se van renovando en periodos de seis meses, en el caso de estos no es así. Basta con presentar anualmente la declaración de la Renta. Los beneficiarios de esta ayuda lo podrán cobrar hasta jubilarse o hasta que encuentren un trabajo previo al llegar a ella. Pero, ¿qué requisitos deben cumplir las personas para cobrarlo?
¿Qué condiciones se deben cumplir para cobrar el subsidio para mayores de 52 años?
Todos aquellos trabajadores de una avanzada edad, que no encuentren empleo, y su situación económica no sea la más favorable por no tener los recursos suficientes para vivir, podrán acogerse a este tipo de subsidio al llegar a los 52 años o si los han sobrepasado. Para ello, el Instituto de Empleo pone unas condiciones claras y todas son obligatorias, no se pueden cobrar unas sí y otras no. Estas se resumen en:
- Estar en una situación de desempleo, además de demostrar que se encuentra en búsqueda activa de un trabajo.
- Su nivel de rentas no debe ser superior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, el cual se sitúa en 1.000 euros mensuales. Por tanto, para este 2022, los ingresos no deben ser mayores a 750 euros al mes.
- Haber cumplido con la edad exigida para poder solicitarlo.
- Firmar con el compromiso de actividad obligatorio.
- Haber cotizado por jubilación un mínimo de 15 años a la Seguridad Social, estando dos de ellos incluidos en ese periodo.
- Estar dado de alta como demandante de empleo con un mes de antigüedad.
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de seis años.
¿Cuántas pagas tiene el subsidio para mayores de 52 años?
Como norma general, todos los subsidios por desempleo van a cobrar el mismo importe para cubrir sus necesidades económicas básicas. Por ello, la cuantía a percibir corresponde con el 80% del Impuesto Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Actualmente, esa cantidad corresponde con un pago mensual de 463,21 euros. Pero, ¿cuántas pagas van a tener?
Como se ha mencionado anteriormente, la renovación de esas pagas va a efectuarse de forma semestral, pero esta modalidad, no. Mientras las condiciones laborales y sociales del beneficiario no sufran ninguna modificación, al igual que sus rentas, tampoco, al acabar el año, el trabajador desempleado podrá cobrar hasta 12 pagas sin necesidad de realizar ningún trámite.
Para ir renovándolo hasta que alcance la edad de jubilación y pueda cobrar la pensión específica, se debe mandar una pre-solicitud a través de la sede electrónica del SEPE o también de forma presencial en cualquiera de sus oficinas, aunque para esta última opción es obligatorio pedir cita previa.
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