La pensión de incapacidad permanente se concede cuando un trabajador, ya sea debido a una enfermedad o un accidente laboral, queda limitado en su capacidad para desempeñar cualquier tipo de trabajo o su profesión habitual. Normalmente, es el trabajador el que inicia el trámite para solicitud de la incapacidad permanente, pero en otras ocasiones, la Seguridad Social puede iniciar de oficio el proceso de solicitud.
El inicio de expediente de incapacidad permanente de oficio es un proceso en el cual el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) evalúa si una persona debe recibir o no, una pensión de incapacidad permanente, incluso si la persona no ha presentado previamente una solicitud para esta prestación contributiva.
La “propuesta de incapacidad permanente por el INSS”, también conocida como “inicio de expediente de incapacidad permanente de oficio”, generalmente se inicia cuando la incapacidad temporal de un trabajador alcanza los 18 meses. La Seguridad Social normalmente no toma esta medida antes de ese período, pero una vez que el trabajador ha estado de baja médica durante un año y medio, están obligados a evaluar su situación y emitir una resolución correspondiente.
Antes de que la Seguridad Social inicie el trámite, se recibe una carta en el domicilio notificando que se ha iniciado el expediente de incapacidad permanente por parte del INSS. Además, en la actualidad, suelen enviar un mensaje de texto SMS a modo de aviso.
Posteriormente, se recibirá por parte de la empresa Correos el formulario de inicio de tramitación del expediente de incapacidad. Esta habrá que rellenar y enviarlo en un plazo máximo de 15 días naturales.
¿Qué ocurre tras el inicio de un expediente de incapacidad permanente?
Cuando el tribunal médico o más conocido como el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) llama al trabajador después de 18 meses de baja y a propuesta del inicio de una incapacidad permanente pueden ocurrir tres cosas. La primera es, que le sea concedida la incapacidad permanente en uno de su cuatro grados (parcial, total, absoluta o gran invalidez) dependiendo de la limitación.
Otras de las opciones que tiene el tribunal es extender la incapacidad temporal hasta los 24 meses. Esta ampliación se denomina demora de calificación, en otras palabras, da un plazo de seis meses para ver cómo evoluciona el solicitante.
Por último, el Equipo de Valoración de Incapacidades puede dar de alta a una persona después de haberle denegado la incapacidad permanente, lo que significa que se espera que la persona regrese a su puesto de trabajo.
Cuánto tarda la Seguridad Social en resolver un expediente para la pensión por incapacidad permanente
El plazo máximo para dictar resolución es de tres meses (90 días) aunque este puede llegar a ser más alto. Según indican desde la misma Seguridad Social, el plazo máximo que tiene para responder a una solicitud de pensión de incapacidad permanente: 135 días hábiles. En caso de que no llegue a recibir respuesta, se entenderá que la pensión ha sido denegada por silencio administrativo.
Aunque el tribunal médico es quien elaborará un informe sobre la denegación o concesión de pensión de incapacidad permanente, así como el grado de la misma es la dirección provincial de la Seguridad Social, la encargada en última instancia de tomar la decisión. Es decir, es una decisión que recae sobre el director provincial de la Seguridad Social.
Cabe recordar, que mientras se resuelve el trámite de resolución por la incapacidad permanente, el solicitante se encontrará de baja por incapacidad temporal cobrando el mismo importe que venía recibiendo.
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