Muchos padres y madres desconocen que el 2023 ha llegado con novedades en cuanto a los requisitos para cobrar la ayuda de 500 euros de la Comunidad de Madrid para el cuidado de los hijos. Una ayuda destinada a padres menores de 30 años por gestación, nacimiento o adopción para la que hay que cumplir unos requisitos previos.
El Gobierno autonómico madrileño tiene regulada desde comienzos de año una ayuda destinada al impulso de la maternidad y al apoyo de los padres de la región, siempre que cumplan con todas las condiciones necesarias para ello. A partir del 1 de enero de 2023, existen una serie de personas que pueden acogerse a esta ayuda:
- Las gestantes desde la semana 21 de gestación.
- Las madres que hayan tenido un hijo o más hijos en caso de parto múltiple.
- Aquellos que hayan adoptado a un menor.
Desde la plataforma web de la Comunidad de Madrid explican que se han flexibilizado alguna de las condiciones para acceder a esta ayuda impulsada por el gobierno regional. Es más, ya se tenía prevista su implantación porque es una de las 80 actuaciones incluidas en la Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación 2022-2026.
Madrid cuenta con un presupuesto de unos 5.000 millones de euros para llevar a cabo este tipo de actuaciones que fomenten la natalidad en la comunidad autónoma y, así, remover cualquier obstáculo que impida a las familias tener proyectos familiares.
Los requisitos para acceder a la ayuda de 500 euros en Madrid
Con el fin de recibir esta ayuda, la familia monoparental y las parejas deben reunir los siguientes requisitos en el momento de la presentación de la solicitud:
- Residir legalmente en España.
- Tener una edad comprendida entre los 18 y los 30 años.
- Residir y estar empadronado en un municipio de Madrid cuando vaya a solicitarse y, al menos, durante cinco años, dentro de los 10 años anteriores a la fecha de solicitud. Además, debe mantenerse esta residencia durante todo el periodo que se recibe la ayuda. Antes la condición era simplemente residir en la comunidad los cinco años anteriores.
- No estar incluido en algunas de las prohibiciones recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Cuantía y duración de la ayuda para madres menores de 30 años
Tal y como queda reflejado en la web oficial de la Comunidad de Madrid, donde se incluye la convocatoria de solicitud, la cuantía general es de 500 euros mensuales, independientemente del método por el que se haya creado la unidad familiar. La cantidad se incrementa en la misma cuantía por cada niño adicional cuando se trate de gestaciones, nacimientos o adopciones múltiples.
Ahora bien, la duración será diferente, como puede comprobarse a continuación:
- Gestación: cuando la madre solicite la ayuda por gestación, el tiempo comienza desde el mes de fecha de presentación de la solicitud hasta el último día que se cumplan 24 meses desde la fecha de parto.
- Nacimiento: en este supuesto, el derecho a cobro comienza desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud hasta el último día del mes en el que el menor cumple 24 meses.
- Adopción: al igual que las anteriores, es de 24 meses, pero desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud hasta el último día del mes en el que se cumplan 24 meses desde la fecha de inscripción de la adopción en el Registro Civil, independientemente de la edad del menor.
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