Multas de hasta 6.200 euros a las empresas que no cumplan con la nueva Ley del Teletrabajo

Berta F. Quintanilla

La negociación sobre la nueva Ley del Teletrabajo avanza. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, aseguró ayer que aquellas empresas que no registren los contratos de sus empleados que tienen que trabajar desde casa, cometen una infracción grave bajo multa de más de 6.000 euros.

La decisión de teletrabajar podrá cambiar en cualquier momento, basada en acuerdo entre empresa y trabajador. Las sanciones a las empresas, eso sí, serán válidas una vez que las infracciones se cometan tras aprobar el borrador de la Ley del Teletrabajo del Gobierno de España.

La pandemia sanitaria del coronavirus en España dejó un aumento en el número de personas que tuvieron que llevarse el trabajo a casa. Primero, con el Estado de Alarma y el confinamiento, y luego con la desescalada y las actuaciones para evitar rebrotes.

Aunque es sólo un borrador, el anteproyecto de la Ley del Teletrabajo deja claro desde las primeras negociaciones que el trabajo a distancia deberá estar regulado. Que las empresas deben cumplir con su parte del contrato y que, de no hacerlo, tendrán que pagar multas de más de 6.000 euros.

Características del borrador de la Ley del Teletrabajo

Esta nueva Ley del Teletrabajo que está en fase de borrador, modifica la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. En este nuevo texto ya aparecen las infracciones relacionadas con incumplimiento por parte de la empresa y del trabajador del contrato firmado para trabajar desde casa.

Las multas que anuncia el Ministerio de Trabajo pueden ser leves, de 626 a 1.250 euros, medias de 1.251 a 3.125 y graves donde ya aparecen sanciones de 6.250 euros.

Este documento contempla que el teletrabajo es voluntario, aunque dependerá de las circunstancias porque hay que recordar que el pasado mes de marzo todo cerró, incluidas las Administraciones públicas. Ahora es reversible, debe hacerse en un documento y formalizarse.

¿Qué gastos asume la empresa en la Ley del Teletrabajo?

El borrador de la Ley del Teletrabajo dice que este contrato firmado por la empresa y el empleado que va a trabajar desde casa tiene que tener anotados los equipos y sistemas específicos que usará para el desarrollo del teletrabajo.

Tras la pandemia sanitaria del coronavirus, muchas empresas se apuntaron al teletrabajo. Trabajar online, sin acudir a la oficina, además en muchos casos era rentable para ellos. Actualmente, existen más de un centenar de empresas en España que cuentan ya con un apartado específico para la contratación de teletrabajadores.

También, en ese contrato firmado con el que va a trabajar desde casa y su empresa, aparecen reflejados los horarios de trabajo, la necesidad de desconexión digital, reparto entre el trabajo presencial en la oficina y el teletrabajo en casa, así como las condiciones de preaviso en caso de que quiera rescindir el contrato.

Debate por dejar al personal laboral fuera de la Nueva Ley del Teletrabajo

La nueva Ley del Teletrabajo que sigue en proceso de borrador, deja fuera al personal laboral de las Administraciones públicas. Este es uno de los puntos que preocupa a los sindicatos y tanto CCOO como UGT denuncian la situación, piden medidas y anuncian que no apoyarán el texto si no negocian este aspecto.

Los sindicatos apuntan que el personal laboral que consigue trabajar en la Administración pública lo hace en las mismas condiciones, o muy similares, que los funcionarios. El personal laboral, a día de hoy, tiene su normativa propia.

Y referente a la jornada laboral, el sindicato UGT resalta que, según el borrador de la Ley del Teletrabajo el porcentaje de la jornada que hay que trabajar a distancia para que sea considerado teletrabajo es del 20%. Algo que considera escaso.

Dentro de las negociaciones de este borrador de la nueva Ley del Teletrabajo, los gastos que debe asumir la empresa, están en el eje de las negociaciones. La ministra aseguraba que esta opción de teletrabajar “no puede salir gratis a las empresas” y se comprometía a incluir en la norma las condiciones obligatorias por parte del empresario.

Estas multas de más de 6.000 euros a las empresas que no regulen el trabajo a distancia contempladas en la Ley del Teletrabajo son un ejemplo de la importancia que ha ganado la opción telemática en época de Covid.

Las empresas que incumplan el contrato firmado, que puede ser reversible y tendrá carácter voluntario, estarán obligadas a pagar una importante sanción económica.

Algunos estudios realizados a nivel internacional demuestran la importancia del teletrabajo para la mejora de la rentabilidad y el rendimiento de las empresas en determinadas circunstancias de producción.

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