La pensión de jubilación es una preocupación que tienen presentes muchos trabajadores de cara a cuál podrán pedir en el momento en el que pongan fin a su vida profesional y, además, cuánto van a cobrar en función de la que tengan derecho a solicitar. Así, si se quiere conseguir una pensión contributiva hay que tener un mínimo de años cotizados al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), siendo, al menos, 15 años los acumulados para poder recibir este tipo de prestación.
Pero, por otro lado, se encuentran aquellos profesionales que no han cotizado nunca a la Seguridad Social. Estos no tienen derecho a una pensión contributiva, ya que no acumulan los años mínimos para poder solicitarla a la administración pública, sino que pueden pedir otro tipo de prestación especial que se destina a este tipo de trabajadores siempre y cuando se de la situación de no haber cotizado nada como trabajador dado de alta en el INSS.
Esta situación no solo afecta a aquellos que no hayan cotizado nada a la Seguridad Social, sino que también están incluidos los profesionales que no han acumulado el número mínimo de años cotizados. Por ese mismo motivo a continuación se va a explicar cuál es dicha pensión que está destinada a dos tipos de beneficiarios, por un lado al que sufra una incapacidad permanente y, por otro lado, a los que cumplan con la edad legal de jubilación y pongan fin a su vida profesional.
Los que no han cotizado nunca podrán pedir esta pensión
De cara a conocer cuál es la prestación que pueden pedir los trabajadores que no han cotizado nunca al Instituto Nacional de la Seguridad Social en ninguna de sus modalidades, ya sea por cuenta ajena o como trabajador autónomo, es la pensión no contributiva. Una modalidad especial que se destina a aquellos profesionales que no han acumulado los 15 años necesarios para acceder a una prestación contributiva.
Esta pensión no contributiva está destinada a dos tipos de pensionistas, los que tengan que acceder a una prestación por invalidez o por jubilación y no pueden pedir una pensión por incapacidad permanente o jubilación normal. Un hecho que se traduce, sobre todo, en la cuantía de dinero que van a cobrar los beneficiarios de esta prestación no contributiva, aunque no es el único dato llamativo que tiene.
No se pide al INSS
El primero de los detalles que hay que tener en cuenta si no se ha cotizado nunca y se quiere pedir una pensión no contributiva es que no hay que solicitarla al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Sino que es necesario hacerlo al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), algo que se realiza a través de internet y que dependerá de cada Comunidad Autónoma. Para conocer los pasos que hay que dar es tan sencillo como acudir a la guía sobre cómo pedir la pensión no contributiva, en el que se explicará de forma clara.
Se cobra bastante menos que con la contributiva
El segundo de los detalles que tienen una vital importancia es la cuantía de lo que se cobra con esta pensión. Ya que, evidentemente, no es lo mismo que la modalidad contributiva, sino que se trata de una prestación bastante menor que se divide 4 cantidades de dinero fijas y que se entregarán en función de la situación del pensionista. Estas cuantías son:
- Pensión íntegra: 421,10 euros al mes.
- Pensión mínima: 105,35 euros al mes.
Las dos restantes tienen que ver con la cantidad de personas que estén cobrando esta pensión y formen parte de la misma unidad de convivencia. El IMSERSO distingue hasta 2 cuantías dependiendo de si hay 2 beneficiarios de la pensión no contributiva que vivan juntos, o hay 3 pensionistas, quedando así:
- Dos pensionistas: 358,19 euros al mes.
- Tres pensionistas: 337,12 euros al mes.
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