Andrés, un bombero que trabaja en el parque de Arnedo (La Rioja) estaba disfrutando de su permiso de lactancia tras el nacimiento de su hijo que, a fecha 22 de enero de 2024, tenía 5 meses. A pesar de que su puesto está en esa localidad, él no vive allí sino en Logroño que dista unos 50 kilómetros aproximadamente. Como declaró en una entrevista a eldiario.es, este permiso de lactancia "lo pueden disfrutar los padres y madres de distintas formas, yo elegí salir una hora antes del trabajo para facilitar que mi mujer pudiera regresar al mercado laboral”.
Este bombero trabajaba en turno de noche desde las doce hasta las 8 de la mañana, aunque le permitían salir a las 7 para poder llegar a su casa a tiempo para cuidar de su hijo mientras su mujer trabajaba. Pero esto cambió cuando recibió una notificación a la una de la mañana durante la noche del miércoles al jueves. “El gerente del CEIS (Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento) de La Rioja me notificó por resolución que debía prolongar mi jornada de trabajo desde las 8 de la mañana hasta las 16:00 horas por necesidades del servicio”.
Estas necesidades no eran ni más ni menos que una baja que ya se conocía desde el 26 de diciembre. No tuvo tiempo para buscar y organizar el cuidado de su bebé, por lo que notificó a su jefe “hasta en 6 ocasiones” que acudiría con el pequeño a su puesto de trabajo.
Así, cuando terminó su turno a las 7 de la mañana, salió del parque de Bomberos a recoger a su hijo a Logroño y luego regresó. “Se lo comuniqué hasta en seis ocasiones porque no tenía a nadie con quien dejar a mi hijo, toda nuestra red de apoyo estaba trabajando”.
Cuando le vieron con el bebé le llamaron para que abandonase el servicio
Al aparecer en su puesto de trabajo con el pequeño, el cabo de turno llamó al sargento para contarle lo que estaba pasando. “El sargento de guardia se puso en contacto con el gerente que me llamó enseguida para que abandonase el servicio”.
Andrés explicó en la entrevista que la situación que había vivido demostraba lo que estaba pasando en aquel momento en los parques de bomberos de La Rioja. “Las resoluciones son fórmulas que deberían ser extraordinarias, pero que se están volviendo habituales para paliar la falta de efectivos”, señaló.
El Estatuto de Trabajadores avala la adaptación de jornada sin reducción salarial
Si se tiene en cuenta lo que dice el Estatuto de Trabajadores, en el artículo 34.8 se ampara la solicitud de adaptación de jornada sin reducción salarial. Cuando se produce algún conflicto, el procedimiento ante el Juzgado de lo Social que se inicie tiene carácter prioritario. Además, se puede denunciar ante la Inspección de Trabajo o en el caso de personal público, ante la Dirección General de Función Pública de cada Comunidad Autónoma.
En casos como el de Andrés, la administración podría enfrentarse a sanciones o indemnizaciones cuando se demuestre que se está vulnerando el derecho a lactancia.

