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Riesgo de inundaciones por la crecida del Manzanares: Renfe activa un protocolo para facilitar el teletrabajo a sus empleados de Madrid

La medida ha sido tomada después de que se haya activado el Plan 1 de Riesgo de inundaciones por desembalses del Manzanares y del Jarama.


Cauce del río Manzanares este jueves, entre el Puente de los Franceses y la presa del Pardo, en Madrid.
Cauce del río Manzanares este jueves, entre el Puente de los Franceses y la presa del Pardo, en Madrid. |EFE
Esperanza Murcia
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La crecida del Manzanares está activando todas las alarmas, siendo una de las consecuencias que están provocando las fuertes lluvias de la borrasca Martinho en Madrid. Una situación que ha hecho que la Dirección de Renfe haya activado el protocolo para que todos los responsables de equipos que presten servicio en la comunidad madrileña faciliten el teletrabajo a las personas empleadas a su cargo, “siempre que sus funciones lo permitan”.

Tal y como ha explicado la compañía en un comunicado, han tomado esta medida una vez que se ha activado el Plan 1 de Riesgo de Inundaciones por los desembalses del Manzanares y del Jarama, “y ante las lluvias que se van a producir en las próximas horas y mañana viernes”.

Ante el riesgo de inundaciones, las autoridades han instado a los madrileños a evitar el uso del coche, especialmente por las zonas que están en riesgo de inundación. Si es imprescindible desplazarse, se recomienda optar por rutas alternativas o recurrir al transporte público.

En esta misma línea, los responsables de Renfe en la Comunidad de Madrid facilitarán el teletrabajo a los empleados como medida preventiva. No obstante, recomiendan “prestar atención a las informaciones y alertas que las autoridades puedan emitir en este sentido”.

Derechos laborales que deben conocer los trabajadores ante fenómenos meteorológicos

Todos los trabajadores deben de saber que, como se recoge en el Real Decreto 486/1997, las empresas están obligadas a tomar medidas adecuadas “para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas”, cuando se realicen trabajos al aire libre.

Entre estas medidas, se incluye “la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora”.

Además, la norma establece que cuando la AEMET emita una alerta roja o naranja por fenómenos meteorológicos adversos, la empresa o empleador estará obligado a garantizar la salud y seguridad de sus trabajadores en todo momento, lo que implica la “adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista”.

Por último, a raíz de la DANA, el Gobierno aprobó un nuevo permiso retribuido para proteger a los trabajadores ante alertas climáticas. Así, se recogió en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores un permiso de 4 días “por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso”.

No obstante, en el mismo estatuto se indica que este se prolongará “hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron, sin perjuicio de la posibilidad de la empresa de aplicar una suspensión del contrato de trabajo o una reducción de jornada derivada de fuerza mayor en los términos previstos en el artículo 47.6”.

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