La escalada de suspicacias en torno a la reforma laboral del Ministerio de Trabajao y Economía Social, reciente implantada en su totalidad sube otro escalón. Tras la polémica en torno a la magnificación y distorsión de los datos del paro del mes de abril, la Agencia Tributaria apunta que encarece el despido.
Es decir, supondrá más costes extra para unas arcas del Estado, ya de por sí en situación comprometida tras la pandemia y la inflación. La explicación reside en la sustitución masiva en la mayoría de los casos de los contratos temporales por el fijo-discontinuo, en esa intención de reducir a toda costa la temporalidad.
Ello reduce la capacidad de acción de las empresas, ya que los contratos fijos poseen indemnizaciones más altas que los temporales. Es decir, ese cambio va a suponer mayor coste para las empresas en caso de que decidan rescindir el contrato de algún trabajador bajo la modalidad estrella de la reforma laboral.
¿Cuál es la indemnización para un fijo-discontinuo?
4.439,1 euros, es la indemnización media por despido de un fijo discontinuo, tal y como apunta la 'Estadística de Despidos y su Coste', que calcula la cantidad indemnizada exenta de tributación en los registros de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de las Haciendas Forales de Navarra y País Vasco.
Suponen más de 3.000 euros respecto a los 1.267,9 euros a los que tendría derecho de media un temporal a tiempo completo. Y, también, supera los 506,5 euros de un eventual a tiempo parcial o los 3.272,2 euros que se lleva de indemnización un indefinido a tiempo parcial. Únicamente cuesta menos despedir a los fijos a tiempo completo y su indemnización de 15.418,2 euros.
La cara y la cruz del contrato fijo-discontinuo
Queda claro, por tanto, que la modalidad del contrato fijo-discontinuo propulsado por la reforma laboral tienen más derechos reconocidos, como la antigüedad o la indemnización por despido. Es decir, ofrece una protección mucho mayor que otras modalidades con mayores aparentes bonanzas que luego no lo son, como trataba de defender el Ministerio de Trabajo y Economía Social, en su objetivo de velar por las mejores condiciones de los trabajadores.
Es la modalidad de contratación que más ha crecido, ante los limitados casos para optar por la temporal. Los contratos fijos discontinuos ascendieron a 283.000 en el primer trimestre de 2022, diez veces mayor que en los cuatro primeros meses de 2021. Hablando de jornada, 284.732 fueron contratos indefinidos a tiempo completo y 413.914 a tiempo parcial en el pasado mes de abril.
Es decir, los primeros se incrementaron un 177%, mientras que los segundos se multiplicaron por seis, un 573%. Dentro de estos contratos indefinidos, los fijos discontinuos fueron la contratación que más proliferó en el mes pasado. Con 238.000 contratos se duplicó su uso. Pero si se tiene como referencia el pasado año, se multiplicaron por diez tras el primer mes, con la reforma laboral ya a pleno rendimiento.
Es una de las causas por las que se ha disparado como nunca la contratación fija en España en estos primeros meses de la reforma laboral. Aunque tiene truco, el fijo-discontinuo se contabiliza como indefinido pese a no serlo en la práctica. Además, al no contabilizar como parado para el SEPE, sino como demandante de empleo no parado, reduce drásticamente los que no tienen trabajo, pese a que puede darse la situación que no en ese momento no estén trabajando, pero continúen como contratados en la empresa.
Los sindicatos pelean por el derecho a la indemnización
Puede decirse, que esta manera, que la temporalidad se transforma mediante una nueva forma de contratación que, pero que están lejos de igualarse a efectos globales con trabajo permanente a tiempo completo. Por ejemplo, otro los asuntos a coalición es el de cálculo de la indemnización por despido de los fijos-discontinuos, ya que el real decreto no especifica el periodo que debe tenerse en cuenta.
Los sindicatos tienen una batalla abierta para garantizar el derecho de estos trabajadores a cobrar por todo el tiempo en el que hayan estado contratados, hayan estado trabajando efectivamente o no, en caso de ser despedidos por la empresa.
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía