La última reunión para la reducción de la jornada laboral terminó sin acuerdo, pero sí con un acercamiento entre el Ministerio de Trabajo y la patronal. Con el objetivo de sumar a los empresarios, la cartera de Yolanda Díaz está trabajando en dotar de mayor flexibilidad la medida, proponiendo ampliar los márgenes para la distribución irregular de la jornada. Sin embargo, esta no ha sido la única novedad que pusieron sobre la mesa.
Como venían adelantando, la aprobación de la reducción de jornada llevará implícita una mejora del registro horario. Además de que este pasará a ser digital, para que la Inspección de Trabajo pueda acceder a él de forma remota, se contempla un endurecimiento del régimen sancionador. Y, sobre este aspecto, Trabajo ha adelantado que las infracciones respecto a la jornada laboral y el tiempo de trabajo pasarán a ser calificadas de muy graves cuando supongan un “riesgo grave e inminente para la seguridad y salud” de los trabajadores, rozando la sanción el millón.
“El problema de la jornada no es solo ganar bienestar, es que las jornadas excesivas, las jornadas desproporcionadas, el trabajo de sol a sol mata y lo vemos cuando hay circunstancias climáticas adversas, pero también lo vemos cuando produce al agotamiento derivado de las jornadas excesivas en ámbitos como el transporte. Por lo tanto, también hemos propuesto esa agravante en materia de sanciones cuando los excesos de jornada que incumplen la ley ponen en riesgo directamente a las personas trabajadoras”, explicaba este lunes el Secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey.
Nuevas cuantías por incumplir los límites del tiempo de trabajo
Según cuenta ‘La información’, en el borrador que ha presentado el Ministerio de Trabajo a los agentes sociales se propone modificar el artículo 40 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (puede consultarse aquí), para incluir la transgresión de los límites al tiempo de trabajo entre los incumplimientos graves sobre relaciones laborales.
Esto, como ya se conocía, implicará sanciones de entre 1.000 y 10.000 euros para las empresas que superen dichos límites, en función del grado de gravedad: de entre 1.000 y 2.000 euros en su grado mínimo, de entre 2.001 y 5.000 euros en su grado medio, y de entre 5.001 a 10.000 euros en su grado máximo.
Ahora, lo que se ha conocido es que se van a modificar también los artículos 12 y 13 sobre “Infracciones en materia de prevención de riesgos laborales”, para incluir y sancionar los “incumplimientos en materia de organización y ordenación del tiempo de trabajo que afecten al disfrute de los periodos mínimos de descanso diario y semanal, vacaciones anuales, duración máxima de la jornada de trabajo, pausas durante la jornada, así como a la regulación del trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo” cuando generen un perjuicio a la salud de los trabajadores.
En este caso, tal como ha podido conocer el citado medio, las sanciones irían desde los 2.451 euros (para las infracciones graves en su grado mínimo) hasta los 983.736 euros (para las infracciones muy graves en grado máximo). La calificación del grado, grave o muy grave, se determinará en función del daño cometido a la salud del trabajador, y si este es inminente.
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