La última reunión sobre la reducción de la jornada laboral terminó sin acuerdo, aunque este lunes el Ministerio de Trabajo se reúne de nuevo con los agentes sociales para intentar ganarse el favor de los empresarios. Por ello, han preparado un nuevo borrador con medidas dirigidas específicamente a la patronal, buscando el apoyo de la CEOE y Cepyme a pesar de los últimos rifirrafes.
La previsión inicial era que la reducción de jornada se aprobase antes de las vacaciones de verano. Es decir, antes de agosto, si bien las negociaciones podrían dilatarse. Mientras tanto, hay varios puntos que han sido adelantados y de los que no se espera que haya ningún cambio. A continuación se da a conocer cada uno de ellos, en una guía donde se resuelven las dudas fundamentales y se recoge todo lo que se sabe hasta el momento.
Cuándo y cuánto se va a reducir la jornada laboral
La jornada laboral actual es de 40 horas semanales y pasará a las 38,5 horas este 2024 en cuando entre en vigor la medida y a las 37,5 horas desde el 1 de enero de 2025. Hay que recordar que esta reducción se va a realizar en cómputo anual y no semanal. El objetivo del Gobierno, así como de los sindicatos, es seguir reduciéndola más adelante, por lo que se va a desarrollar una evaluación de la norma después de su aplicación para conocer sus efectos.
Cómo afectará a los salarios
La reducción de la jornada laboral se va a aplicar sin reducción salarial. Es decir, los trabajadores van a seguir cobrando lo mismo aunque trabajen menos horas al año. Esto va a provocar un pequeño aumento en la retribución del salario/hora, por lo que las horas extraordinarias se pagarán más caras (el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores obliga a que, como mínimo, se paguen igual que las horas ordinarias).
Además, en el caso de los trabajadores contratados a jornada parcial, se contempla un plus salarial. En el primer borrador de Trabajo se expone que estos tendrán derecho a seguir realizando el mismo número de horas de trabajo que viniesen efectuando, pero cobrando “un “incremento proporcional de su salario”, para que sus sueldos no se vean devaluados. Será así para todos los que trabajen menos de 38,5 horas en 2024 o menos de 37,5 horas en 2025.
Efectos para los trabajadores a tiempo parcial
Como se ha explicado en el anterior punto, los trabajadores a tiempo parcial podrán seguir trabajando las mismas horas pero cobrando un incremento proporcional. No obstante, en el borrador de la norma también se detalla que tendrán igualmente la opción de pedir el porcentaje de parcialidad o reducción de jornada que venían disfrutando antes de la entrada en vigor de esta medida.
Se especifica que, “con carácter general”, estas solicitudes deberán ser valoradas por las empresas y su denegación, en su caso, tendrá que ser notificada al trabajador “por escrito y de manera motivada”. En último lugar, las personas que trabajen 37,5 horas se convertirán automáticamente en indefinidos a tiempo completo desde el 1 de enero de 2025, que es cuando entrará previsiblemente en vigor la jornada laboral de 37,5 horas.
Cómo se va a controlar que se cumple con la reducción de jornada
El Ministerio de Trabajo, dentro de esta medida, va a incluir una mejora del registro horario para que sea “fiable, digital y accesible”. Este pasará a ser digital y permitirá a la Inspección de Trabajo acceder de forma remota. Para esto, según el borrador, darán un plazo de seis meses a las empresas desde la entrada en vigor de la reducción de jornada. Además, las multas por el incumplimiento del registro horario se van a imponer por trabajador y no por empresa, además de que subirán las cuantías hasta los 10.000 euros en el mayor de los casos.
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