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“La reducción de jornada tiene letra pequeña y trampa”: un abogado laboral saca a la luz "todo lo que no te contaron"

El abogado Ignacio de la Calzada explica varios puntos más desconocidos por los trabajadores de la reducción de jornada, como que sea en promedio anual.


La ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz
La ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz |EFE
Esperanza Murcia
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Pocas medidas han generado tanto debate como la reducción de la jornada laboral. Es una medida muy esperada y que, según los cálculos estimados, beneficiará a más de 12 millones de trabajadores. Sin embargo, tiene su letra pequeña, según ha explicado el abogado laboral Ignacio de la Calzada, más conocido como ‘Un tío legal’ por sus redes sociales. 

“No os lo han contado todo sobre la reducción de jornada a 37,5 horas. Tiene letra pequeña, tiene trampa y aquí todo lo que no te contaron. ¿Va a beneficiaros? Sí. ¿A todos de la misma forma? Posiblemente no”, comienza explicando en el video. Acto seguido, señala uno de los primeros matices y es que, aunque la mayoría de personas empleadas piensa que pasarán a trabajar 37,5 horas a la semana (media hora menos al día), esto no tiene por qué ser necesariamente así.

De la Calzada explica que es el convenio colectivo el que indica cuál es la jornada semanal y anual, y lo que establece el Estatuto de los Trabajadores es la jornada laboral máxima en promedio. “¿Qué quiere decir? Que habrá semanas que puedas trabajar 45 horas y otras 35. Y la media son 40”, en referencia a la actual que tenemos actualmente. 

Esto es un dato que nunca ha ocultado el Ministerio de Trabajo. De hecho, en el texto firmado con los sindicatos se recoge que “la duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo” y que “la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual” (1.711 horas anuales). 

De ese modo, las empresas tendrán libertad para confeccionar sus turnos de trabajo (siempre respetando los descansos del estatuto) en función de sus necesidades. Así, podrán tanto reducir la jornada semanal (y sí salir media hora antes todos los días) como aumentar los días de vacaciones o los días libres, una fórmula que les permitiría igualmente cumplir con esta rebaja de la jornada en cómputo anual. 

“El que te diga que ya está aprobada, realmente no es así”

El otro punto que destaca el abogado Ignacio de la Calzada es que “realmente” todavía no se ha aprobado. “¿Cómo se ha aprobado esto? Pues por ahora no hay nada. El que te diga que ya está aprobada realmente no es así. Está aprobado que se va a tramitar, el cómo se haga, esto es la gran incógnita que tenemos los abogados, las empresas y los trabajadores”, reclama.

Actualmente, la reducción de la jornada laboral solo ha sido aprobada en Consejo de Ministros. Tiene que aprobarse nuevamente en este órgano, esta segunda vez como proyecto de ley (se espera que pronto tras el dictamen del CES), y posteriormente, ser convalidada en el Congreso de los Diputados. Aquí se esperan dificultades, porque el Gobierno no cuenta con mayoría parlamentaria, por lo que depende de partidos como PP y Junts para que entre en vigor.

Lo previsto es que la norma se tramite por la vía de urgencia, con el objetivo de cumplir con el plazo establecido de que todos los convenios colectivos tengan adaptada la jornada para el 31 de diciembre de 2025: “Las comisiones negociadoras de los convenios colectivos que a la entrada en vigor de esta norma contemplen una jornada superior a las treinta y siete horas y media semanales de promedio anual dispondrán de un plazo hasta 31 de diciembre de 2025 para realizar las adaptaciones necesarias que aseguren el cumplimiento de lo previsto en esta norma, en particular, lo establecido respecto a la jornada ordinaria de trabajo máxima en el artículo 3 de esta Ley”, señala en específico el texto. 

Así, a efectos prácticos, en caso de que la reducción de jornada consiga el respaldo parlamentario necesario y fuera aprobada en los tiempos previstos, no será hasta enero de 2026 cuando los trabajadores verán en la mayoría de los casos reducida su jornada laboral. 

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